Por un lado, según lo que indica la Constitución venezolana en su Artículo 233 , en el mismo momento de la declaración de la Falta Absoluta del presidente, el cargo debe ser asumido por el Presidente de la Asamblea, Diosdado Cabello, y se debe proceder a una nueva elección en los 30 días consecutivos siguientes (es decir que la fecha tope sería el jueves 4 de Abril, 2013).
De hecho el anuncio del fallecimiento del mandatario venezolano debió hacerlo quien automáticamente debió haber quedado en su cargo y no quien en ese mismo momento dejó de ejercer cargo alguno.
En efecto el Vice-Presidente Maduro dejó de serlo de inmediato, por haber concluido la supuesta “continuidad” dictaminada por el TSJ, con la falta absoluta del Presidente, ya que nunca llegó a juramentarse. Así mismo todos los Ministros cesaron en sus funciones, ya que la “continuidad” fue asociada a la figura del presidente re-electo, que ya no está, no a la de funcionarios no elegidos, que requieren ser nombrados por este.
En caso de que, como mencionan algunos jerarcas rojos, se encargue de la Presidencia el “Vice-Presidente” Maduro, dándole “continuidad” a su usurpación para hacer su campaña electoral como Presidente en funciones, estaría “estirando” nuevamente la Constitución y su eventual elección podría ser cuestionada.
Además hay otra consideración: de acuerdo con el Artículo 229 de la Constitución, el Vice-Presidente Maduro debe renunciar a su cargo para poder postularse como candidato en las venideras elecciones presidenciales, tal y como fue ungido por Chávez el 8 de Diciembre pasado.
De manera que el Presidente encargado, Diosdado Cabello, deberá nombrar a un nuevo Vice-Presidente, antes de que Maduro pueda postularse como candidato y un nuevo equipo de ministros o ratificar los actuales, por los 30 días que vienen.
La forma como se solucione de este “dilema rojo” será indicativa del grado y el tipo de tensiones dentro del chavismo; sin embargo “la sangre no llegará al río”, no arriesgarán perder el poder por pugnas internas, en estos cruciales momentos.
Por otra parte, el plazo de 30 días establecido por la Constitución es prácticamente imposible de cumplir, ya que, según los técnicos, el CNE requiere de al menos 45 días para organizarlas.
Esto abre la posibilidad de una nueva interpretación “flexible” de la Constitución, y que el CNE rojo fije una fecha posterior. Lo cual sería paradojal, ya que la lógica política indica que al régimen le conviene convocar las elecciones lo más pronto posible, en un ambiente de luto, con pompas fúnebres solemnes y “electorales”; aprovechando el espíritu mítico y legendario fresco en el corazón y en la memoria de los seguidores de Chávez.
De hecho, es previsible que la campaña del oficialismo se base en la imagen y voz de Chávez convertido en leyenda, y que Maduro aparezca en segundo plano.
Lo anterior refleja la complejidad de las circunstancias y los retos que tendrá la oposición para ganar las venideras elecciones presidenciales, aún con su candidato estrella Henrique Capriles, quien seguramente será el llamado a enfrentar este gran desafío.
Adicionalmente hay muchos imponderables que hacen imposible cualquier pronóstico.
Imponderables como la reacción de numerosos votantes chavistas ante el impacto de la noticia de la desaparición de su líder, habiendo sido ilusionados hasta hace poco con la posibilidad de que volviera (hay encuestas que indican que el 40% de la población pensaba que Chávez regresaría a concluir su mandato) ¿Se abstendrán? ¿Votarán en contra de Maduro y de los que los engañaron?
Imponderables como el mensaje y lenguaje a utilizar en la campaña de las fuerzas democráticas para ganar el voto de chavistas acongojados y desconcertados por el duelo. ¿Se les podrá convencer de cambiar su voto?
Amanecerá y veremos.
@cburgazzi