Por omisión de los diputados de la Asamblea Nacional, los rectores Tibisay Lucena, Sandra Oblitas y Vicente Díaz cumplieron este miércoles 29 de mayo un mes adicional en el ejercicio de sus cargos, ya que su período de siete años venció el pasado domingo 28 de abril de 2013.
Para Súmate esta situación irregular constituye una transgresión flagrante a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por parte de los 165 diputados de la AN, ya que hasta la fecha han evadido la decisión de designar a los sustitutos de los 3 rectores principales en representación de la Sociedad Civil: Lucena, Oblitas y Díaz, así como a los dos suplentes de cada uno de ellos, tal como se lo exige el artículo 296 del texto constitucional: “…Los o las integrantes del Consejo Nacional Electoral durarán siete años en sus funciones y serán elegidos o elegidas por separado: los tres postulados o postuladas por la sociedad civil al inicio de cada período de la Asamblea Nacional, y los otros dos a la mitad del mismo…”
Súmate considera que esta mora deliberada de la AN en la designación de los 3 Rectores del CNE, representantes de la Sociedad Civil, en la conducción del Poder Electoral; podría ocasionar el cuestionamiento de la legalidad y legitimidad de todas las acciones y decisiones de quienes están ejerciendo estos cargos.
Retraso de cuatro meses en la conformación del Comité de Postulaciones
Unos 90 días continuos, es decir tres meses, pudiera llevarse el proceso de selección de los candidatos a sustituir a los rectores principales Tibisay Lucena, Sandra Oblitas y Vicente Díaz. De acuerdo a los lapsos establecidos por la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), este proceso debió comenzar en febrero de este año, por lo cual este miércoles 29 de mayo la AN ya tiene cuatro meses de retraso en el cumplimiento de este deber constitucional.
Lo primero que debe hacer la AN para seleccionar a los 3 nuevos rectores del CNE es constituir un Comité de Postulaciones Electorales, integrado por 11 diputados y 10 miembros de la Sociedad Civil. Esta instancia es la responsable de convocar la postulación de candidatos por parte de las diversas organizaciones de la Sociedad Civil en el ámbito nacional, para después verificar y evaluar sus credenciales y si cumplen con las condiciones exigidas por la Carta Magna y la LOPE, entre las cuales destaca que no tengan vinculación con organizaciones políticas; y, por último, presentar una lista de elegibles a la plenaria del Parlamento Nacional, con el fin de que escoja a los 3 rectores principales, como a los seis suplentes, a quienes posteriormente deberá juramentar.
CNE está en el deber de programar inmediatamente elecciones municipales
Súmate afirma que con la decisión de postergar una vez más las elecciones municipales convocadas oficialmente para el domingo 14 de Julio de este año, el CNE le ha otorgado a los concejales para agosto de 2013 un período adicional de cuatro años, y a los alcaldes que fueron electos en noviembre de 2008, les está concediendo para finales de mayo de este año seis meses adicionales en el ejercicio de sus cargos, lo cual es una usurpación al derecho inherente a la soberanía popular de elegir y a ser elegido, violando con ello lo dispuesto en los artículos 5, 63, 160, 174 y 175 de la Constitución.
Súmate advierte al Poder Electoral que en el caso de que no cumpla cuanto antes con la convocatoria y la organización de las elecciones de Alcaldes y Concejales de los 335 municipios, y de los Alcaldes de los Distritos Metropolitano y del Alto Apure, como de sus respectivas cámaras; estaría incurso en una extralimitación de sus atribuciones, ya que no tiene ninguna autoridad para extender el mandato de los cargos de elección popular.