Los fiscales 46° nacional con competencia en materia Antiextorsión y Secuestro, y 6° auxiliar de esa jurisdicción, Orlando Padrón y Marco Labady, respectivamente, ratificaron la acusación contra las cuatro mujeres por la comisión de los delitos de secuestro agravado, asociación agravada y legitimación de capitales.
Tales delitos se encuentran previstos y sancionados en las leyes contra el Secuestro y la Extorsión, y Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
El Tribunal Único de Juicio de Delta Amacuro dictó pena máxima para López, Marín, Liccien y Pino. En ese sentido, el mencionado Tribunal ordenó que López y Marín cumplan la condena en el Internado Judicial de la Región Insular, ubicado en el estado Nueva Esparta; mientras que Liccien y Pino la cumplirán en el Internado Judicial de Vista Hermosa, en el estado Bolívar.
Simplicio Hernández se dirigía hacia su residencia ubicada en Tucupita, cuando varios hombres a bordo de un vehículo lo interceptaron y lo secuestraron. Posteriormente, el octogenario fue liberado el 04 de octubre en la misma ciudad.
López fue detenida por funcionarios del Cuerpo de Investigación Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), el 17 de octubre de 2012, en Tucupita. Liccien, Marín y Pino fueron detenidas el 29 de octubre de ese mismo año, por funcionarios del Cicpc en la parroquia San Bernardino, municipio Libertador del Distrito Capital de Caracas.
A su vez, por este hecho condenado a 30 años de prisión Luis Acosta, Toribio Zabaleta, Jesús Sifontes y Mario Cardozo, tras admitir su responsabilidad en el secuestro del padre de la Gobernadora. Ministerio Público