El Servicio Integrado de Administración Aduanero y Tributario (Seniat) informó mediante una nota de prensa que multará a aquellos contribuyentes especiales que incumplan con la realización de la encuesta para la clasificación de la actividad económica. La multa oscila entre las 50 y 500 unidades tributarias. Globovisión
El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, recordó que tras la publicación de la Providencia Nº 066 en la Gaceta Oficial Nº 40.262 de fecha 1º de octubre de 2013, las personas jurídicas están en el deber de cumplir esta formalidad y suministrar la información requerida por el organismo.
El portal web www.seniat.gob.ve incorporó una guía para hacer más expedito este procedimiento. Los contribuyentes tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2013 para cumplir esta obligación.
“El SENIAT implementará mecanismos de control posterior en los contribuyentes, para determinar si han realizado la clasificación de manera correcta, y en caso contrario serán aplicadas las sanciones que contempla el Código Orgánico Tributario”, dijo Cabello Rondón.
Recordó la máxima autoridad aduanera y tributaria que esta encuesta permitirá al SENIAT hacer una efectiva clasificación de la actividad económica desempeñada por los contribuyentes, actualizar su información y disponer de datos estadísticos para el análisis económico, toma de decisiones y desarrollo de políticas públicas por parte del Ejecutivo Nacional.
El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario invitó a los contribuyentes que presenten dudas con respecto al llenado de la encuesta, a dirigirse a las divisiones de Asistencia al Contribuyente del SENIAT en todo el país, o formular sus preguntas a través de la línea de atención telefónica 08000 SENIAT (08000736428).