El Ministerio para Industrias publicó este martes una resolución mediante la cual se establece el reglamento concerniente a la solicitud y emisión de permisos de importación o exportación de las materias primas para el sector metalúrgico.
AVN
De acuerdo con lo establecido en la la Gaceta Oficial número 40.368, de este lunes 10 de marzo de 2014 y que circula este martes, toda persona que importe o exporte estos productos deberá realizar una solicitud debidamente justificada al Ministerio para Industrias.
Entre los requisitos que se deben consignar para la obtención del permiso figuran: carta y planilla de solicitud del permiso, identificación de la empresa o de la persona natural con la indicación del domicilio fiscal (RIF), original y fotocopia del estatuto constitutivo de la persona jurídica y una factura proforma.
De igual modo, se deberá consignar la relación detallada de la materia prima a importar y/o exportar, con información sobre la descripción comercial, especificaciones técnicas, uso y destino, país de origen y/o destino, pecio unitario en dólares y timbres fiscales correspondientes.
Dentro del lapso de 20 días siguientes a la presentación de la solicitud ante las autoridades, el Ministerio para Industrias se pronunciará sobre la procedencia o no del permiso.
Los permisos de importación o exportación de insumos metalúrgicos serán conferidos con carácter intransferible a la persona natural o jurídica que lo solicite.
Asimismo, caducarán a los 180 días continuos contados a partir de la fecha de emisión. Estos permisos son renovables a petición del interesado por un período igual.