El abogado Leonel Pérez Méndez, exprocurador de Carabobo, indicó que las sanciones aplicadas tanto al alcalde de San Diego Vicencio “Enzo” Scarano, detalladas en la motivación de la sentencia dictada este 9 de abril, son por demás excesivas e injustificables, así lo reseñó El Carabobeño.
En nota de prensa, el abogado señaló que la Sala Constitucional modifica su criterio y hace un “esfuerzo colosal”, para tratar de equiparar el tipo penal contenido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo, con las conductas sancionadas por los artículos 24 y 98 del Código de Procedimiento Civil, 28 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, 92 y 93 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 42, 48, 170 y 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. “Estas normas autorizan al juez a imponer la sanción de arresto a la persona que incumple una decisión que le ordena pagar una multa”.
Pérez Méndez detalló que llama la atención, el hecho de que la Sala Constitucional haya tenido que redactar una sentencia de 45 páginas para justificar algo que el foro jurídico nacional ha cuestionado, como lo es la competencia que pudiera eventualmente esta Sala o cualquier tribunal para condenar a prisión a una persona que presuntamente incurrió en el delito de desacato.