Delphine Patétif: ¿Quién juzgará a los que violan los Derechos Humanos en Venezuela?

Delphine Patétif: ¿Quién juzgará a los que violan los Derechos Humanos en Venezuela?

Desde el principio del mes de febrero del 2014, más de 2480 personas han sido detenidas arbitrariamente por ejercer su derecho a protesta pacífica, así como su derecho a libertad de expresión. Las protestas resultaron hasta ahora en cientos de heridos, 42 muertos, 168 condenados a prisión, más de 1400 personas bajo medidas cautelares, y más de 70 casos de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

La Oficina de la Fiscal General de la Nación, de mala gana, pero gracias a vídeos y a la presión de la opinión pública, ha tomado algunas medidas para investigar a los responsables de estos incidentes, y destacó el 23 de abril pasado el caso del encarcelamiento de un funcionario de la Policía de Chacao. Sin embargo,  como lo mencionó justamente Human Rights Watch ante el Consejo de Derechos Humanos en Ginebra el 18 de marzo pasado, se aprovechó de la falta de independencia judicial en el país, y por consiguiente los esfuerzos para atribuirle a la oposición responsabilidad penal por la violencia han avanzado con una velocidad irreal. Y claro, el 99% de las violaciones cometidas quedan impunes.

Es un hecho innegable que la separación de poderes ya no existe en Venezuela. El Presidente Maduro le da instrucciones a la Corte Suprema, que ejecuta la ordenes sin ningún escrúpulo, en nombre de la “Revolución Bolivariana”. La Sala de la Corte Constitucional se convirtió en una Corte criminal de última instancia, y condena sumariamente miembros de la oposición electos democráticamente, sin posibilidad para ellos de apelar la decisión. Los testigos y las pruebas de los equipos de defensa no son ni siquiera considerados, por el solo hecho de ser provenientes de la oposición. Además, Venezuela ya no reconoce desde el 10 de septiembre de 2013 la Corte Interamericana de Derechos Humanos como último recurso para las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos.

En el marco del supuesto “dialogo”, la oposición insistirá hoy en la Ley de Amnistía y sobre el hecho de que la Comisión de la Verdad debe estar encabezada por alguien escogido por ambas partes. Deseo con toda mi alma que lo logren, igual existe la fuerte posibilidad de que esto sea finalmente tan solo una parodia de justicia.

Entonces ,qué entidad podría juzgar a los responsables de éstas violaciones flagrantes a los Derechos Humanos?

Ya mencioné el 7 de abril pasado que la Corte Penal Internacional no era una posibilidad, y que no se podía hablar de crímenes de lesa humanidad en Venezuela. De hecho, y con esto cerramos este punto, ya en el 2006, la CPI rechazó las 34 comunicaciones que había recibido respecto de los hechos ocurridos en el 2002, similares en cuanto a los resultados, a lo que está ocurriendo ahora en el país, afirmando que “la prueba de un ataque generalizado o sistemático dirigido en contra de una población civil no fue satisfecha”[1].

En cuanto a la ONU, cabe destacar las declaraciones de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, tanto por parte de la Alta Comisionada misma, como por parte de los Relatores Especiales, todos haciendo un llamado a la Paz y a la investigación imparcial de las violaciones ocurridas. Pero todo esto no es vinculante, lamentablemente. Y ya que Venezuela es miembro del Consejo de Derechos Humanos hasta el 2016, fecha en la cual el país será revisado por su segundo Examen Periódico Universal, pues ejerce un lobby claramente en pro de las violaciones a los Derechos Humanos (votó durante el último Consejo de Derechos Humanos, en marzo pasado, en contra de la resolución histórica sobre protección y derechos de los Defensores de Derechos Humanos, junto con Cuba, China, Corea del Norte, y Rusia; también votó en contra de todas las resoluciones condenando las graves violaciones a los Derechos Humanos en el mundo: crímenes de lesa humanidad en Corea del Norte, violaciones masivas de los Derechos Humanos en Siria, también en Irán, y finalmente votó en contra de la promoción de la reconciliación en Sri Lanka, siempre con el apoyo de los países mencionados supra). Venezuela claramente tiene una diplomacia de defensa de las dictaduras y de la impunidad. Lo bueno es que esa actitud no encuentra mucho respaldo, y el peso de la opinión pública, junto con el peso diplomático de los países que están en contra de esta actitud pueden tener resultados. No hay que darse por vencidos, y seguir denunciando ante esta instancia lo que está ocurriendo, así como la actitud lamentable de Venezuela, que busca callar a los disidentes y los defensores de derechos humanos. Esto está empezando a dar resultados, ya que gracias a este lobby Bélgica acaba de otorgar por primera vez asilo político a un joven estudiante venezolano quien había sido detenido y torturad. Asimismo se abre el camino a sanciones europeas.

No por nada el Parlamento Europeo ha adoptado una resolución aprobando una visita in loco, para averiguar lo que está pasando en Venezuela. A pesar del rechazo por parte de diputados europeos de los partidos de izquierda y extrema izquierda, sus voces no fueron suficientes para impedir que se exija justicia. La visita del Parlamento conllevara a la adopción de una resolución sugiriendo una actuación política particular respecto del caso venezolano, luego de un informe y recomendaciones, las cuales serán sin duda imparciales, pero siempre en pro de la verdad y de los Derechos Humanos, lo cual será escuchado por numerosos países de la Unión Europea, los cuales podrán adoptar sanciones en contra de Venezuela; y claro, la misma Unión Europea decidirá, luego de la publicación de dicho informe, qué sanciones adoptar. Es muy probable que se parezcan a las que propuso muy inteligentemente el Senador Rubio, durante una sesión en el Senado de los Estados Unidos hace unas semanas, a saber sanciones individuales en contra de responsables de violaciones a los Derechos Humanos. Cabe destacar que los dictámenes, informes y resoluciones del Parlamento, elaborados por las comisiones especializadas, suelen influir en las propuestas de la Comisión y, por tanto, las políticas comunes europeas.

Por fin, existe la vía de la competencia universal.  Este principio, según la ONG TRIAL, “ se deriva del postulado que ciertos crímenes son tan graves que afectan la comunidad internacional en su conjunto y que por consecuencia, todos los Estados tienen el derecho y también la obligación de emprender acciones judiciales contra los autores, sea cual sea el lugar o el crimen que se haya cometido o la nacionalidad del autor o de las víctimas. Estos crímenes incluyen el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, la tortura, ciertos crímenes de guerra, el apartheid y la esclavitud entre otros. Hasta el día de hoy, varios Estados reconocen que pueden y deben ejercer su jurisdicción universal con el fin de no dejar en la impunidad casos de tortura, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad o incluso genocidio. Sin embargo, parece difícil de poner en práctica, especialmente debido a la falta de voluntad política de los Estados y a la dificultad para procesar y juzgar los casos que tuvieron lugar en territorio extranjero y han sido cometidos por nacionales de otro Estado. A pesar de todo, se pueden observar Estados que  cada vez más aplican la competencia  universal, como Bélgica, España, Suiza, Holanda, Gran Bretaña, Canadá, Francia, etc”[2]. Tomaré el ejemplo de Francia, pero se podría aplicar el razonamiento a cualquier país que aplique este mecanismo de manera justa e imparcial.

En Francia, este principio está consagrado en dos disposiciones legislativas:

Por un lado, el artículo 689 del Código de Procedimiento Penal (CPP) dispone un mecanismo general: “los autores o cómplices de los delitos cometidos fuera del territorio de la República podrán ser procesados ??y juzgados por los tribunales franceses cuando, de conformidad con las disposiciones del Libro I del Código Penal u otra ley, la ley francesa es aplicable, o cuando una convención internacional le otorgan jurisdicción a los tribunales franceses para conocer de la violación.”

Por otra parte, el artículo 689-1 del CPP limita su jurisdicción a los delitos previstos en los convenios internacionales (enumerados en los artículos 689-2 a 689-9): “De conformidad con los convenios internacionales mencionados a continuación, puede ser procesada y juzgada por los tribunales franceses, si se encuentra en Francia, cualquier persona que sea culpable fuera del territorio de la República de las infracciones contempladas en dichos artículos. (…) “.

Asimismo, basta con que la persona a quien se le acusa de haber cometido sea torturas o ejecuciones extrajudiciales, por ejemplo, que esté en Francia al momento de presentar la denuncia. El juicio en si se puede desarrollar in absentia, y la condena se puede pronunciar también in absentia.

Yo creo que sería la ocasión de hacer avanzar el Derecho, luego del caso Rumsfeld. En efecto, aprovechando la oportunidad de la visita en París del ex secretario de Defensa de EE.UU., Donald H. Rumsfeld, la Federación Internacional de Derechos Humanos presentó el 25 de octubre de 2007 una denuncia ante el Fiscal del Tribunal de Gran Instancia de París. Otras tres organizaciones no gubernamentales participaron en este proceso (CCR, LDH, ECCHR). Estas organizaciones acusaron a Rumsfeld de ser culpable de delitos de tortura, ya que desarrolló y dirigió personalmente el uso de métodos de interrogatorio violentos, los cuales constituyen tortura. El 16 de noviembre de 2007, el Fiscal de la República, sin impugnar las denuncias de tortura, cerró la denuncia en contra de Donald Rumsfeld, alegando que éste tenía inmunidad. Pero el Derecho debe avanzar, Francia está dispuesta en adaptarse a la globalización necesaria del Derecho, así que creo que deberíamos aprovechar de la presencia en el territorio francés, tarde o temprano, de uno de los responsables y/o cómplices de las barbaridades que ocurren en Venezuela para presentar denuncia, y esperar que se haga justicia por Geraldine Moreno, Alejandro Márquez, Génesis Carmona, y todos los demás.

Estas muertes no quedarán impunes.

Delphine Patetif

@dpatetif



[1] http://www.icc-cpi.int/NR/rdonlyres/9A563872-C2CE-4AF2-88E1-25E959CC63DD/143684/OTP_letter_to_senders_re_Venezuela_9_February_2006.pdf

[2] ONG TRIAL, Competencia Universal, Abril de 2014

Exit mobile version