La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), podrá decidir cuantos canales se considerarán publicar en la programación de los servicios de televisión por suscripción, publica Globovisión.
Así lo establece la Providencia Administrativa publicada en la Gaceta Oficial 40.415 de este martes, que dicta las condiciones sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual.
La norma publicada en Gaceta establece que todas las personas interesadas en prestar servicio de Producción Nacional Audiovisual, podrán solicitar a Conatel el permiso correspondiente en los términos y condiciones establecidos en la presente providencia.
La duración de los permisos para la prestación de los servicios no podrá ser menor de 2 años ni exceder de 5 años, pudiendo ser renovada por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.
De igual manera establece que las cableoperadoras no podrán incluir canales nacionales en su grilla de programación que no estén autorizados y calificados por Conatel.