La Asamblea Escolar será la única que podrá fijar el procedimiento correspondiente para determinar el monto de las matrículas escolares (inscripción) y mensualidades de las instituciones privadas, según la Gaceta Oficial Nº 40.452 que circula este lunes, publica El Carabobeño.
La Asamblea Escolar, es una figura conformada por madres, padres y representantes de los estudiantes. La resolución prohíbe “el establecimiento de cuotas, aportes, bonos, contribuciones, o cualquier otra denominación, en dinero o especie, así como el empleo de figuras o modos, tales como fundaciones, asociaciones civiles, sociedades mercantiles o cualquier otro mecanismo que pueda significar un aumento del pago” en las instituciones privadas de educación básica, media y diversificada, según reseñó la página web de Globovisión.
El plantel que infrinja esta disposición será sancionados por el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación y en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley orgánica de Precios Justos.
Para fijar los precios de las matrículas, la directiva de los planteles privados deberán presentar ante la Asamblea Escolar la estructura de costos y gastos como parte integrante del presupuesto del año escolar siguiente, bajos dos parámetros: costos y gastos asociados al currículo escolar vigente (operativos y de personal) y proyectos de inversión para el nuevo año escolar (infraestructura, dotación de recursos, personal adicional requerido y actividades complementarias).