La Asamblea Nacional (AN) sancionó este martes la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
AVN
Durante la sesión ordinaria realizada en el Hemiciclo Protocolar del Palacio Federal Legislativo, fueron aprobados 21 artículos de esta normativa.
Este instrumento garantiza a los venezolanos la protección respeto, goce y ejercicio irrenunciable, indivisible inalienable e interdependiente de los derechos humanos y garantías constitucionales, sin discriminación.
En este sentido, toda persona podrá ejercer ante los tribunales competentes la acción de amparo, aun de aquellos inherentes al ser humano que no figuren expresamente en la Constitución Nacional o en los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, con el propósito de que se restablezca inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.
El vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior de la AN, José Javier Morales, propuso la eliminación del artículo 24, donde se establecía el amparo de mero derecho.
“En este artículo no se establece la posibilidad de que se puede dar la audiencia pública y por lo tanto estaríamos atentando contra el principio del debate oral y el debido proceso o el derecho a la defensa”, refutó.
La normativa establece que quien incumpla el mandamiento de amparo constitucional será sancionado con arresto de uno a 20 meses.
“De acuerdo con los reglamentos internos se declara sancionada la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y se remite al Ejecutivo Nacional con el fin de su promulgación”, expresó el presidente del ente legislativo, Diosdado Cabello.