Por medio de la Resolución N° DM/N° 029-14, del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, publicada en la Gaceta Oficial 40.462 que circula este martes, fue prorrogada por cuarenta y cinco (45) días hábiles el plazo establecido en el Parágrafo Único del Articulo 16 de la Resolución Conjunta publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.971 de fecha 25 de julio de 2012, mediante la cual se instrumenta el Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM) y se establecen los lineamientos y criterios que rigen la emisión de la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos, destinados tanto a la comercialización como a la distribución, en el territorio nacional. noticierolegal.com
Esta Resolución entra en vigencia a partir del 07 de marzo de 2014.
Resolución Conjunta de fecha 25 de julio de 2012 (G.O 39.971)
Vigencia
Artículo 16. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Parágrafo Único: Las autoridades militares se abstendrán de exigir la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de Medicamentos destinados tanto a la comercialización como a la distribución, en el territorio nacional durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Plazo que podrá ser prorrogado por lapsos menores, iguales o superiores, mediante resolución del Ministerio del Poder Popular para la Alimentación.