Los abogados José Gregorio Meignen y Félix Istúriz dieron a conocer los pormenores y la razón de actuación con respecto a la demanda constitucional de protección de derechos e intereses difusos a consecuencia de la crisis en el servicio de aseo urbano.
Anabel Martínez/ Nueva Prensa Guayana
Acotó que el alcalde de Caroní y el gobernador del estado deben trabajar mancomunadamente para mantener el orden de la ciudad, con respecto al aseo urbano. Sin embargo la Carta Magna le delega responsabilidad al Ejecutivo municipal.
Las investigaciones contra López llevan tres años. Con una decisión al Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional con ponencia del magistrado Arcadio Delgado, faculta a la Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de la ciudad para atender el caso.
“Este caos se produjo porque no se siguieron las normas jurídicas”, indicó Istúriz, por ello decidieron acudir a las instancias legales para que defina la responsabilidad para las autoridades.
Piden que el artículo 8 de la Ley de Gestión Integral de la Basura se desaplique, por su manifiesta inconstitucionalidad, pero aclararon que no solicitarán la anulación vía control concentrado de la Constitución en su especifico normativo del 335 Constitucional.
“Los guayaneses necesitamos que el alcalde responda por su incumplimiento en la recolección de basura, violando la Constitución en el artículo 178”, exclamó.
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