Los trámites administrativos y procedimientos operativos para importar productos prioritarios serán simplificados, con el propósito de garantizar el abastecimiento nacional y el acceso del pueblo venezolano a estos artículos de forma oportuna, reseña la agencia oficial AVN.
De acuerdo con el decreto presidencial 1.590, publicado en la Gaceta Oficial 6.169, que circuló este miércoles, los trámites requeridos por los Ministerios de Economía, Finanzas y Banca Pública; Defensa, Comercio, Industrias, Agricultura y Tierras, Transporte Acuático y Aéreo, Transporte Terrestre, Petróleo y Minería, Alimentación y Salud; serán revisados y modificados, si así lo requieren, para reducir los plazos de ejecución de las gestiones y aumentar la disponibilidad de los rubros.
Entre los alimentos considerados prioritarios están el pollo, carne de res y de cerdo, ganado bovino y porcino, leche en polvo, fórmulas lácteas infantiles y para regímenes especiales, trigo, arroz, azúcar, maíz, margarina y aceites vegetales, entre otros.
De igual manera, se toman en cuenta los insumos para rubros alimenticios como premezcla, micro y macro elementos, fosfatos y carbonatos para la elaboración de alimentos balanceados para animales; alimentos concentrados para camarones, cachamas y truchas; así como elementos para aceites, margarinas y cereales; para la producción agrícola y la limpieza e higiene de plantas de alimentos.
El decreto también incluye las partes, piezas, repuestos, maquinarias e insumos para transporte terrestre de carga, agrícola o para servicio público; productos para el aseo del hogar y cuidado personal, medicamentos, material médico quirúrgico, métodos anticonceptivos, equipos de diagnóstico in vitro, insumos odontológicos, etc.
El decreto agrega que la obtención de Licencias de Importación, de Certificados de No Producción Nacional (CNP) y de Insuficiencia de Producción (CIP), así como las Autorizaciones de Adquisición de Divisas (AAD), que se vencieron entre el 1º de diciembre y el 31 de diciembre de 2014 y los que expiran en el lapso comprendido desde el 1º y el 31 de enero de 2015, mantendrán su vigencia hasta el 30 de marzo próximo.
Estos documentos son esenciales para la tramitación de importaciones.
Más temprano
La Presidencia de la República publicó decreto en la Gaceta Extraordinaria N° 6.169, en el que se ordena la agilización de trámites y mecanismo para efectuar la importación de productos terminados, insumos y materias primas referidos en este decreto, requeridos para asegurar el abastecimiento nacional y el suministro oportuno de bienes esenciales, publica elmundo.com.ve.
Los trámites y procedimientos para agilizar las importaciones requeridos por los ministerios de Finanzas, Agricultura y Tierras, Transporte terrestre y acuático, Petróleo y Minería, Industrias, Comercio y Defensa, “serán objeto de revisiones y modificaciones que los despachos estimen pertinente”.
Entre los rubros que son considerados prioritarios para el abastecimiento nacional están:
En alimentos: Pollo entero beneficiado, carne de bovino, perniles, trigo, leche en polvo, arroz, azúcar, huevos fértiles, maíz amarrillo, entre otros.
En medicamentos: anestésicos, tratamientos para el Alzheimer, Parkinson, medicamentos para diálisis, entre otros. También incluyen pasta de diente, afeitadoras jabón de tocador, champú, etc.
También incluyen pasta de diente, afeitadoras jabón de tocador, champú, etc.