“…el objetivo de ellos es dejar estos casos en un limbo justamente para que la gente no pueda accionar…” Diario EL NACIONAL, 23 de febrero de 2015.
Tal como se lee en el expediente, “NEIF ANTONIO GEBRAN FRANGIE (TONY GEBRAN)… maneja grandes cantidades de dinero y bienes que son producto de… actividades ilícitas”, esta cita textual extraída de un mandato del Tribunal 6º de Primera Instancia en Funciones de Control del Estado Lara, del 10 de octubre de 2012, “recalcada con insistencia en el expediente -explica José Luis Centeno-, demuestra el uso de los verbos manejar y ser con carácter concluyente, no presumible”.
-Luego, podemos comprobar fehacientemente que a Tony Gebrán le habrían impuesto una “condena anticipada” a escasos 9 días de iniciado el proceso en su contra”… con la que, obviamente le violaron su derecho al debido proceso y la sagrada presunción de inocencia… una especie de“pena de banquillo”, como se conoce en la jurisprudencia venezolana, que fue promovida por la Fiscalía 27º del Ministerio Público de la entidad larense, sin medios de pruebas adecuados, sin certeza sobre la procedencia del dinero y los bienes cuestionados o su utilización, mucho menos sobre la relación de las personas investigadas -puntualizó el apoderado de Neif Antonio Gebrán-.
En línea con lo anterior, -sostuvo José Luis Centeno,- “así proceden los “juristas del horror”, suprimiendo la presunción de inocencia, empleando un método conocido como “EL PAREDÓN DE LA REVOLUCIÓN”, para marcar, demoler moral y económicamente acribillar con fines de liquidar a quienes, como Tony Gebrán acaban siendo incómodos para el régimen, comenzando por imponerles el fallo que da lugar al limbo procesal, el cual es “delincuente te dije ya”, y delincuente te quedas porque nadie te defenderá y pocos creerán en tu inocencia”.
-¿Cómo funciona este aspecto?
-Muy sencilla y diabólicamente, primero proyectando una matriz de opinión contraria al objetivo, a través de los medios de comunicación, a quienes se les alimenta deliberadamente con informaciones basadas en presunciones falsas e interesadas, para deshonrar al procesado, para que ni su familia crea en él. Es un paredón de fusilamiento moral.
-Todo este guión, que es seguido en muchísimos casos similares, – explicó Centeno,- se arma como vía para crear irregularmente el limbo procesal, es decir, la complejidad que prolongará at infinitum, excesivamente las causas penales de esta naturaleza, sin posibilidad alguna de que el justiciable deje la angustia , la desesperanza aprendida, que le ocasiona la incertidumbre procesal, por la certeza de una sentencia ajustada a derecho que nunca llegará, porque lo que se persigue con ese diabólico limbo procesal es doblegar la moral del procesado para que, harto de retardos, de decisiones absurdas, no apegadas a derecho, de adefesios judiciales termine tan destruido y derrotado que admita los hechos que han sido deliberadamente forjados en su contra.
“Ciudadanos como Tony Gebrán -según afirmó su apoderado-, se sienten inermes por ir a parar a un callejón sin salida, son una suerte de hombres que caminan por el callejón de la muerte moral, y en algunos casos alguno efectivamente murió esperando un juicio justo de un proceso cabal, porque dentro del guión, al Ministerio Público le fijan una tarea, que cumple a cabalidad… no hacer uso de su Poder Cautelar para la culminación del proceso, con una justa y adecuada resolución… sino para retener al inculpado con una perniciosa causa penal, en la cual inmediatamente opera la privación de libertad; acto seguido, se aseguran de limitar el ejercicio del derecho a la defensa induciendo la ruina total patrimonial del procesado”.
Recordó Centeno, que el Estado casi al mismo tiempo que hace presos a personas como Tony Gebrán, procede a despojarlos de todas las cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles, proyectos, autos, naves, aeronaves y hasta los álbumes de fotografías y los recursos de la familia, los útiles uniformes y escolares de los hijos, y luego lo poco que les queda se va gastando en aranceles, procesos y abogados, hasta lograr dejarlos totalmente arruinados, en la indigencia.
“Lo anterior, -agregó el apoderado,- explicaría como en el caso de Tony Gebrán, sin atender al imperativo probatorio, la Fiscalía 27º del Ministerio Público de Lara, solicitó su aprehensión preventiva e inmotivada y la incautación de sus bienes a tan sólo 9 días de una presunta llamada anónima que el Tribunal 6º de Control larense habría apreciado como elemento de convicción para ordenar dejarlo preso y sin bienes, maculado como socio de un poderoso narcotraficante y sin derecho a defenderse debidamente. Si no queda claro que hay un “paredón de la revolución”…
Glosando al profesor Balzán, Centeno advirtió que “en el caso de Tony Gebrán se falseó ex profeso, el objeto de toda medida de naturaleza cautelar, porque si con el transcurso del tiempo hubo de sobrevenir un perjuicio irreparable, ha sido el ocasionado a este venezolano con el “RETARDO PROCESAL”, reconocido explícitamente por la Sala de Casación Penal del TSJ en la “Sentencia Nro. 366 del 24 de octubre de 2013”, demora que, en lugar de acabarse con la radicación del caso en Caracas, continúa campante, entonces, decir que tienen a Tony Gebrán en un limbo procesal no es aventurado”. En este escenario, para Centeno:
-Ese limbo procesal sería el resultado de la insólita inexistencia de pruebas, con tendencia a la admisión de hechos como única vía para la resolución del conflicto penal.
Para finalizar, José Luis Centeno fue enfático, “contravienen el debido proceso, dando al traste con la presunción de inocencia, sin obviar que se pasan por el arco del triunfo la tutela judicial efectiva, los juzgadores generan falsas expectativas de solución, dando lugar a constantes y dolorosas frustraciones para el procesado, su familia y sus abogados, con el uso de artilugios con los cuales echan por tierra todas las pretensiones de los encausados o sus defensores”.
-Y, agregó Centeno,- como se trata de un “paredón de fusilamiento”, sólo una decisión política o la determinación firme de reclamar al régimen sus derechos, salvan al inculpado de morir ajusticiado, lo cual nos lleva a hacerle un llamado respetuoso al Tribunal Supremo de Justicia para que ponga fin al infortunio que le impusieron a Tony Gebrán, en razón de las irregularidades procesales que la misma Sala Penal detectó hace más de un año,- de lo que tenemos constancia,- sin rectificación a la fecha”.
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