El Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, publicó en la Gaceta Oficial Nro. 40.618 que circula este jueves, la Resolución N° DM/N° 057/2015, mediante la cual se dicta las Normas para el Funcionamiento de los Conglomerados Agrícolas. noticierolegal.com
De acuerdo al texto de la Resolución, éstas normas tienen por objeto normar a nivel funcional y estratégico las estructuras operativas de los entes adscritos del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, de sus Unidades de Producción Socialistas Agrícolas (UPSA), las Unidades de Producción Social (UPS), establecimientos, sedes y dependencias en Conglomerados Agrícolas para facilitar la toma de decisiones en función de las políticas públicas emanadas del Ejecutivo Nacional en materia agrícola, de la Constitución y de las leyes de la República, homogenizando la ejecución de las orientaciones estratégicas y funcionales, generadas por tales políticas.
Así mismo señala el texto los mecanismos de organización de los conglomerados agrícolas, donde cada Conglomerado Agrícola, contará con un Consejo Directivo y un Consejo Técnico.
El Consejo Directivo funcionará a nivel nacional como una instancia de planificación, seguimiento y control de las actividades y estrategias productivas del sector agrícola; y estará integrado por Un (1) Presidente y seis (6) Directores Generales, nombrados por el Ministro o Ministra del Poder Popular para la Agricultura y Tierras.
Los Consejos Técnicos, son una instancia de asesoramiento técnico a los Consejos Directivos en cuanto al proceso productivo, en todas las fases de su encadenamiento, asimismo, debe planificar la producción agrícola en el área de su especialidad, y a su vez hacer seguimiento, control y evaluación de los procesos que se desarrollen en ésta. En cada Conglomerado Agrícola habrá los subconglomerados necesarios en funcón de los sectores, conjuntos de empresas o entes que lo integren; estos últimos, contarán con Consejos Técnicos para dicho sector. Los Consejos Técnicos están integrados por Un (1) Director General y cuatro (04) Coordinadores Técnico por cada subconglomerado. El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, designará a responsables de ejercer las funciones establecidas en la presente Resolución que regula el funcionamiento de los Conglomerados.
Los conglomerados agrícolas estarán conformados por los entes adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras que a continuación se indican, sus Unidades de Producción Socialistas Agrícolas (UPSA), las Unidades de Producción Social (UPS) y establecimientos agrícolas, se conformarán en los siguientes Conglomerados Agrícolas: Conglomerado Productivo Agrícola, que Incluye los sectores Vegetal, Pecuario, Pesquero y Acuícola, Forestal y Sistemas de Riego a través de las Unidades de Producción Socialistas Agrícolas (UPSA), las Unidades de Producción Social (UPS) y los establecimientos agrícolas de todas los entes adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras; Conglomerado Agroindustrial, que incluye todos los Centros de Acopio y Silos, Sistema Agroindustrial de Café, Cacao, Caña de Azúcar y Algodón; Centros de Procesamiento de Insumos, de Semilla, de Alimentos Balanceados para Animales, de Lácteos y Mataderos de todas los entes adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras; Conglomerado de Logística y Distribución, que Incluye todo lo relacionado con el Transporte y Comercialización Agrícola, a través de las estatales Empresa de Propiedad Social Agropatria S.A. y la CVA Compañía de Mecanizado Agrícola y Transporte Pedro Camejo S.A. con todas sus sedes y dependencias y cualquier otros ente público que a tales efecto se cree; Conglomerado del Conocimiento, que incluye el Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (INIA) y la Fundación de Capacitación e Innovación para Apoyar la Revolución Agraria (CIARA); Conglomerado de Apoyo y Desarrollo, que incluye el Instituto Nacional de Tierras (INTI), la Empresa Nacional de Proyectos Agrarios, S.A. (ENPA), el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (INDER), el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI), el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (INSOPESCA) y la Fundación Tierra Fértil.
Los Conglomerados Productivos Agrícolas, Agroindustrial, de Logística y Distribución, del Conocimiento y de Apoyo y Desarrollo y a nivel estadal, además de contar con los subconglomerados que sean necesarios por su especialidad, contarán con un Coordinador Estadal, que se encargará de articular con el representante de la Gobernación o de quien cumpla una labor estratégica en materia agrícola y el Comando Regional Agrario Socialista (CRAS), para asegurar las condiciones necesarias para la producción agrícola de cada estado, así como de seguimiento y evaluación de las directrices emanadas por el Consejo Directivo y/o Consejo Técnico.
Los Conglomerados Productivos Agrícolas, Agroindustrial y de Logística y Distribución a nivel estadal, en el municipio, contarán con un Coordinador Municipal, que se encargará de articular con el representante de la Alcaldía o de quien cumpla una labor estratégica en materia agrícola, el representante del Conglomerado del Conocimiento, el representante del Conglomerado de Apoyo y Desarrollo, el representante de la Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas en los municipios fronterizos y el Comité Municipal Agrario Socialista (COMAS), para asegurar las condiciones necesarias para la producción agrícola de cada municipio, así como de seguimiento y evaluación de las directrices emanadas por el Consejo Directivo y/o Consejo Técnico.
El Comité Municipal Agrario Socialista (COMAS) es una instancia básica de producción agrícola en el municipio y está conformado por los Responsables de cada Unidad de Producción Socialista Agrícola (UPSA), Unidades de Producción Social (UPS), y Unidades de Batalla Agrícola Socialistas (UBAS), estas últimas conformadas por distintas Unidades de Producción Agrícola Socialista en un mismo ámbito territorial.