Hoy 23 de marzo se cumplen 237 años de la fundación de la ciudad de San Carlos de Zulia, capital del Municipio Colón, al Sur del Lago de Maracaibo, que según anuncios oficiales, la ciudad se convertirá en la capital del estado Zulia con una sesión solemne llevada a cabo por el Consejo Legislativo del Estado (CLEZ). Motivo por el cual, el Diputado Freddy Paz, nativo de la zona exige al Gobernador Francisco Arias Cárdenas, a los señores Diputados miembros del Consejo Legislativo del Estado, y a la propia Alcaldesa María Malpica, aprovechen ésta oportunidad histórica del aniversario 237 de la fundación de San Carlos de Zulia, para que en ésta sesión especial del CLEZ, aprovechen su mayoría como miembros del PSUV y el control absoluto que ejercen en los tres niveles de gobierno: Nacional, Regional y Municipal, para que nos den de regalo, la aprobación una Ley Regional de inversión para el desarrollo integral de Colón y de los Municipios del Sur del Lago, (Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre). Propuesta que hacemos pública como una iniciativa positiva para el progreso colectivo de una zona que produce, carne, leche, plátanos, frutas, pescado, para la mesa de los Zulianos. Y que ante la crisis económica, la escasez, y los múltiples problemas que hoy vivimos sería nuestro mejor regalo de aniversario, señaló el Diputado Zuliano Freddy Paz.
No queremos actos protocolares, no queremos show políticos, no queremos más promesas; queremos son resultados, queremos soluciones y anuncios creíbles y concretos. Esa es la aspiración de la mayoría de un pueblo que exigimos un cambio de rumbo en los destinos del País.
Razón por la cual les propongo nuestro PROYECTO DE LEY DE INVERSION:
Artículo 1: La presente ley de inversión para los Municipios Colón, Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre del Sur del Lago, tiene como fundamento permitir que la Gobernación del Estado Zulia, se asocie a la conmemoración y rinda público homenaje al Municipio Colón, con motivo de la celebración de los doscientos treinta y siete (237) años de su fundación, que se cumplirá el 23 de Marzo de 2015. Así mismo, rinde homenaje a sus primeros pobladores y exalta la memoria de sus fundadores y demás personalidades de la zona.
Artículo 2: Autorícese al Gobierno Regional para que, en cumplimiento de sus facultades y de conformidad con la Constitución del Estado Zulia, se asigne en el Presupuesto General del Estado ordinario y extraordinario las partidas presupuestales necesarias afín de que permitan la financiación y ejecución de las obras de infraestructura de utilidad pública y de interés social que requiere el municipio Colón, y los Municipios Catatumbo, Francisco Javier Pulgar y Sucre al Sur del Lago de Maracaibo.
Las obras y actividades que se autorizan en la presente ley son:
Adelantar las siguientes obras de beneficio para el municipio Colón y Sur del Lago, y que sean incluidas en el Plan de Desarrollo Regional “Juntos Construyendo Futuro”… Por un nuevo COLON y Sur del Lago”, Plan de Desarrollo del Bicentenario:
EJE ESTRATÉGICO NÚMERO 1: “PROSPERIDAD SOCIAL PARA UN NUEVO COLON
“UN PACTO SOCIAL POR LA EDUCACIÓN”. “JUNTOS DE LA MANO CON LA TECNOLOGIA y LA INNOVACIÓN”. Diseño, construcción y dotación de una red inalámbrica de banda ancha para la interconexión de las Escuelas y Liceos del municipio Colón y del Sur del Lago.
“JUNTOS MEJORANDO MI ESCUELA”: Adecuación, mejoramiento y dotación de los Centros Educativos de Colón y del Sur del Lago.
“EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN, UN ESTILO DE VIDA Y OTRA OPCIÓN DE CAMBIO”. Programa. JUNTOS CONSTRUYENDO Y MEJORANDO ESCENARIOS DEPORTIVOS: Ampliación y mejoramiento y dotación todas las canchas de usos múltiple y estadios de Colón y el Sur del Lago.
JUNTOS HACEMOS CULTURA: Adecuación y dotación para la nueva sede del Ateneo de San Carlos de Zulia, y la Casa de la Cultura de Colón y los Municipios del Sur del Lago.
JUNTOS CONSTRUYENDO SUEÑOS. Construcción del Primer Centro de Atención Integral a la Primera infancia en Colón y otros municipios del Sur del Lago.
JUNTOS CONSTRUYENDO SUEÑOS. Juntos en la Zona Sur del Lago, Municipio Colón. Construcción y dotación de un espacio para desarrollar Programas de Emprendimiento y Propuestas de Utilización del Espacio Libre, dirigido a la Prevención y rehabilitación del Consumo de Sustancias Psicotrópicas.
EJE ESTRATÉGICO NÚMERO 2: CRECIMIENTO, PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD PARA UN NUEVO COLON Y SUR DEL LAGO.
SEMBREMOS JUNTOS EL FUTURO. Incentivo económico para los productores de Plátano de Colón, Francisco Javier Pulgar y del Sur del Lago.
JUNTOS POR CAMINOS DE DESARROLLO. Mejoramiento de la vialidad agrícola y Urbana del Municipio Colón y del Sur del Lago.
JUNTOS RECORRIENDO PAISAJES Y SEMBRANDO VIDA. Promoción de Rutas Turísticas, en Colón, Congo Mirador, Concha, y en todo el Sur del Lago. Dragado definitivo del Río Escalante, modificación de la estructura de control del Escalante. E inversión en Ríos Catatumbo, Zulia, y Chama.
EJE ESTRATÉGICO NÚMERO 3: SOSTENIBILlDAD AMBIENTAL PARA UN NUEVO COLON Y SUR DEL LAGO.
“COLON CON AGUA DE CALIDAD”. Construcción del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado para Colón y el Sur del Lago. Creación la Empresa Estadal con participación de los municipios: AGUAS DEL SUR C.A.
“JUNTOS POR EL SANEAMIENTO URBANO Y RURAL”. Construir los sistemas de alcantarillado, Estaciones de Bombeos y red de cloacas parroquiales en Colón y el Sur del Lago.
EJE ESTRATÉGICO NÚMERO 4: FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y LA RED DE SALUD PUBLICA.
INFRAESTRUCTURA PARA LO SOCIAL. Ampliación, mejoramiento y dotación de la Red pública de Hospitales, Centros Clínicos, y Ambulatorios de Colón y del Sur del Lago.
Artículo 3: Las autorizaciones de gastos otorgadas al Gobierno Regional en virtud de esta ley se incorporarán en el respectivo Presupuesto General del Estado, y serán financiado con créditos adicionales y ahorro presupuestario, de acuerdo con las normas orgánicas en materia presupuestaria; en primer lugar, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, y en segundo lugar de acuerdo con las disposiciones que se produzcan en cada vigencia fiscal.
Artículo 4: La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado Zulia.
Dada, firmada y sellada en San Carlos de Zulia, en sesión especial del Consejo Legislativo del Estado Zulia, a los 23 días del mes de Marzo de dos mil Quince. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.