La inhabilitación de la dirigente opositora María Corina Machado, que por 12 meses no podrá optar por ningún cargo político, ha generado diferentes reacciones.
La Contraloría General de la República explicó que la medida se debe a que la exdiputada ocultó una declaración jurada de patrimonio, lo que incumple con la Ley Orgánica de Salvaguarda de Patrimonio Público.
Sin embargo, el abogado penalista Alberto Arteaga aseguró que la medida no puede ser aplicada porque el Contralor no tiene la potestad inhabilitar a una persona de ejercer cargos públicos sino por un juez penal.
“La inhabilitación política sólo puede ser impuesta por un juez después de un proceso penal, lo cual no se realizó. Esta pena sólo es impuesta por el daño al patrimonio cultural, según el artículo 65 de la Constitución”, declaró.
Arteaga también aseguró que el contralor no posee los “criterios jurídicos” para impedirle el ejerció político a un funcionario que fue electo por el voto popular. “El Contralor estaría utilizando una idea errada, la de que todo funcionario público debe hacer una presentación de todo acto administrativo”, resaltó.
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