Ya no será en la Asamblea Nacional como se establece en la Constitución. Y es que según el diputado (Psuv), Pedro Carreño el será competencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidir sobre el lugar donde el presidente de la República, Nicolás Maduro deberá comparecer para presentar su Memoria y Cuenta.
“El artículo 21 numeral 7 de la Ley Orgánica del TSJ establece que le compete a la Sala Constitucional decidir sobre las omisiones del Poder Legislativo municipal, estadal o regional… En una sentencia la Sala Constitucional puede establecer los procedimientos para darle funcionalidad al Estado, cómo se aprobaran los créditos adicionales, la rendición de cuentas”, dijo.
Añadió que hasta tanto el Parlamento “no se meta por el camino de la legalidad”, todas las legislaciones “son nulas e írritas”.
El artículo 237 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reza que “dentro de los diez primeros días siguientes a la instalación de la Asamblea Nacional, en sesiones ordinarias, el Presidente o Presidenta de la República presentará cada año personalmente a la Asamblea un mensaje en que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior”.
Además queda expreso que dicha entrega es “personal”, es decir, debe ser hecha por el Ejecutivo Nacional. El año pasado, la Memoria y Cuenta fue entregada por el Vicepresidente de la República, en ese entonces, Jorge Arreaza.