Las medidas que podrá dictar el Gobierno, según el Decreto de emergencia económica

Las medidas que podrá dictar el Gobierno, según el Decreto de emergencia económica

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El viceministro de Economía Productiva dio lectura al Decreto 2.184 publicado hoy en la Gaceta Oficial 40.828, que dicta el Estado de emergencia económica en todo el país por un lapso de 60 días, publica elmundo.com.ve.

Por Madelen Simó

Señaló que el estado de emergencia económica nacional en todo el estado nacional está contemplado en la Constitución y busca “mitigar los efectos de la inflación sabotaje a sistema de bienes y servicios, manipulación de la divisa”.

Según este Decreto, el Ejecutivo Nacional podrá dictar las medidas que considere convenientes en los siguientes aspectos:

1. Disponer de los recursos provenientes de las economías presupuestarias del Ejercicio Económico 2015.

2.- Asignar recursos extraordinarios proyectos previstos o no en la Ley de presupuesto de la administración publica para ser usados en los sectores de salud, educación y vivienda.

3.- Diseñar e implementar medidas especiales para e inmediatas para reducción de evasión fiscal.

4.- Dispensar de las modalidades del Régimen de Contrataciones Publicas en determinado sectores a fin de agilizar las compras del Estado que requieran urgencia.

5.- Disponer de los trámites y requisitos para la importación y nacionalización de mercancía.

6.- Implementar medidas especial para el tránsito de mercancías en aeropuertos y puertos del país.

7.- Dispensar de los trámites cambiarios establecidos por Cencoex y BCV a órganos del sector público y privado, a fines de agilizar la importación de bienes o insumos para el abastecimiento.

8.- Requerir a empresas del sector público y privado incrementar niveles de producción y el abastecimiento de determinados insumos .

9.- Adoptar la medidas necesarias para asegurar el acceso oportuno a la población a alimentos, medicinas y demás bienes de primera necesidad, podrá requerir los medios de transporte.

10.- Adoptar las medidas necesarias para estimular la inversión extranjera

11.- Desarrollar y fortalecer el sistema de misiones y grandes socialistas.

En el Decreto también se especifica en su artículo 3, que el Presidente de la República también podrá dictar medidas de orden social, económico o político que considere necesario.

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