“Maduro debe entregar partida de nacimiento a la AN”

“Maduro debe entregar partida de nacimiento a la AN”

@PresidencialVen

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Enrique Aristigueta Gramcko en carta pública dirigida a la presidenta de la Sub- comisión de Asuntos Civiles de la Asamblea Nacional, Diputada Dennis Fernández, sugiere que “si en un plazo perentorio el Presidente o el Consejo Nacional Electoral (CNE) no remiten a la Asamblea Nacional los requerimientos que demuestren que Nicolás Maduro es “venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”, el parlamento deberá declarar nula la juramentación quedando inhabilitado para ejercer la presidencia.

A continuación el texto:

Ciudadana
Diputada Dennis Fernández
Presidenta de la Sub-comisión de Asuntos Civiles
Asamblea Nacional.-

Me dirijo a usted, en nombre de los venezolanos que el pasado mes de enero solicitamos a la Asamblea Nacional abrir una investigación para determinar la nacionalidad del presidente Nicolás Maduro Moros, con el objeto de plantearle lo siguiente:

Primero.- La Asamblea Nacional NO tiene la obligación de encontrar las pruebas sobre los orígenes de Nicolás Maduro; por el contrario, le corresponde a él demostrar ante la Asamblea y ante la opinión pública nacional que es “venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”, requisito exigido por los artículos 41 y 227 de nuestra Constitución para ejercer el cargo de Presidente de la República.

Segundo.- Hasta la fecha Nicolás Maduro no ha remitido a la Asamblea Nacional su partida de nacimiento, ni la de sus padres, a los fines de demostrar que satisface el requisito constitucional de ser “venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”.

Tercero.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) no cumplió con su obligación, como órgano rector del sistema de identificación nacional venezolano, según lo establece la Ley Orgánica de Registro Civil, de constatar que Nicolás Maduro sea “venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”.

Cuarto.- Hasta la fecha, ni el Servicio de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), ni el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, remitieron a la Asamblea Nacional la partida de nacimiento de Nicolás Maduro Moros.

Quinto.- Según el artículo 96 de la Constitución Política de Colombia, inciso 1.B., Nicolás Maduro es “colombiano por nacimiento”, por ser hijo de madre colombiana, y por haberse residenciado en Cúcuta durante su juventud.

Por lo arriba expuesto, si en un plazo perentorio el Presidente o el Consejo Nacional Electoral (CNE) no remiten a la Asamblea Nacional los requerimientos que demuestren que Nicolás Maduro es “venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad”, la Asamblea Nacional deberá declarar NULO el acto de juramentación mediante el cual Nicolás Maduro asumió el cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela; y seguidamente activar los mecanismos constitucionales para reemplazarlo.

Sin más a que hacer referencia, quedo a su disposición para añadir mas información sobre el tema
Atentamente

Enrique Aristeguieta Gramcko

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