Luego del formidable triunfo de la oposición en diciembre pasado, que alcanzó los 2 tercios de la representación popular, el oficialismo ha pretendido desconocer las competencias constitucionales del parlamento, utilizando para ello un tribunal supremo indigno y abiertamente fraudulento, que con interpretaciones acomodaticias e inconstitucionales pretende darle cobertura a sus actuaciones y mantenerlo en el poder a como dé lugar.
Esto ha generado un choque de poderes que ya se esperaba, aunque no al extremo de desconocer la voluntad popular expresada en los comicios, como ha ocurrido con la última decisión de la sala constitucional, que busca disminuir el poder contralor de la Asamblea Nacional.
Esta decisión es la reiteración de la conducta arbitraria que ha caracterizado al gobierno chavista.
Bien mirada y analizada, ella puede ser considerada, no sólo como violatoria de expresas normas constitucionales, sino también de preceptos establecidos en tratados internacionales vigentes en nuestro país.
La oposición ha acordado solicitar la activación de la Carta Democrática Interamericana (CDI). A ella se han sumado, parlamentarios de otros países y decenas de ex presidentes y personalidades mundiales. En campaña electoral, el hoy presidente de Argentina, Mauricio Macri, también planteó el asunto. Incluso, el secretario general de la OEA, Luis Almagro, ha emitido opiniones que traslucen una inclinación favorable a un eventual escrutinio colectivo del régimen venezolano.
En otras ocasiones he expresado mi opinión al respecto. Parto de una caracterización del régimen venezolano que lo señala como un sistema neoautoritario, militarista y con vocación totalitaria. Sin duda, un híbrido que echa mano de los mecanismos democráticos, para desvirtuarlos, corromperlos y vaciarlos de sus contenidos esenciales, con vista a imponer una tiranía. Muy bien lo describe Jean Maninat: “es un movimiento envolvente y progresivo que fue cerrando las llaves que oxigenaban la independencia de los poderes (…), para transformarlos en simples taquillas donde se tramitan de forma expedita y eficiente, las órdenes que bajan de Miraflores”.
La llamada Cláusula democrática, contenida tanto en la CDI como en Mercosur y otros entes internacionales, prescribe que los países deben adecuarse a ciertos estándares democráticos mínimos, pues de lo contrario son susceptibles de sufrir sanciones.
La CDI, cuyo órgano de aplicación es la OEA, pauta un procedimiento en caso de que en país miembro se den “situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso democrático o el legítimo ejercicio del poder (…) o de ruptura del orden democrático o una alteración del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático en un Estado”. (artículos 18, 19 y 20 ejusdem).
Se ve, al menos, dos situaciones de afectación. Una, por ejemplo, un golpe de Estado contra un gobierno legítimo; y otra, una alteración del orden constitucional de tal gravedad que afecte el orden o proceso democrático.
¿En cuál de estas dos situaciones podría subsumirse el caso Venezuela? En la primera, obviamente, no. Los golpes de Estado se dan contra gobiernos
Y en la segunda, no es fácil la respuesta, desde el punto de vista jurídico. ¿Qué entenderían los gobiernos por alteración del orden constitucional?
De allí que no sea fácil tampoco para un gobierno de un país miembro de la OEA -en caso de que se aprobara considerar una solicitud del Secretario General, el Consejo Permanente o de un país miembro el problema de Venezuela- asumir una posición.
A mi juicio, en nuestro país se configura una grave alteración del orden constitucional que afecta su desarrollo democrático, y que amerita que la OEA tome cartas en el asunto. Mi interpretación, como venezolano, es producto de una apreciación de los hechos que abarca más de tres lustros. No se centra sólo en las últimas infracciones a la Constitución nacional. El orden constitucional venezolano ha sido más que dañado, pervertido, y ha creado una crisis sistémica que pone en peligro la paz no solo doméstica, también regional.
En su valoración ¿los gobiernos de la OEA tendrían la misma opinión que la de venezolanos que hemos presenciado los atropellos a los derechos humanos, el desconocimiento del Estado de Derecho, las arbitrariedades y abusos de toda naturaleza del gobierno chavista? ¿Tomarían en cuenta todos estos elementos?
Está claro que a luz de la normativa de la CDI, son los gobiernos los que en definitiva decidirían analizar o no la situación política particular de un país, o eventualmente, tomar una medida sancionadora. Sin un amplio concurso de ellos, sin su anuencia, no hay posibilidad de que se “active” el mecanismo. El Derecho Internacional sobre la Democracia no tendrá fortaleza ni eficacia sino está detrás una voluntad política responsable fundada en principios compartidos.
Aunque son valiosas e importantes algunas iniciativas, no bastaría que los parlamentos de la región se pronunciaran en favor de una evaluación multilateral de la situación venezolana en el seno de la OEA.
Hace falta que los gobiernos lo hagan también, son ellos los jurídicamente legitimados. La plena vigencia de la cláusula democrática en nuestro hemisferio sería un gran paso concreto hacia la consolidación de los principios universales democráticos, lo que significa, igualmente, el cumplimiento de un deber moral ineludible. Es menester una acción política e institucional que vaya más allá de la retórica para convertirse en realidad viva. La credibilidad de los líderes de la región aumentaría ante sus gobernados. Ganaría la democracia, la institucionalidad interamericana, todos ganaríamos, y Venezuela, por supuesto.
EMILIO NOUEL V.
@ENouelV