La Corte Suprema de Colombia absolvió a un soldado condenado por portar una dosis de marihuana superior a la permitida para autoconsumo al considerar que era adicto y que la “necesitaba”, según una sentencia conocida este lunes, que sienta jurisprudencia.
AFP
“Por haberse demostrado que el enjuiciado desde muy joven era adicto y consumidor de marihuana, la cantidad de sustancia encontrada, que sobrepasó la dosis personal, debía entenderse como aprovisionamiento”, dijo el magistrado Eugenio Fernández Carlier en el fallo, fechado el 9 de marzo.
“La cantidad de sustancia hallada de manera razonable se ubica en la que él necesitaba, de ahí que se puede entender como una dosis autorizada constitucional y legalmente”, agregó.
Con el fallo, el soldado Yesid Alexander Arias fue absuelto y puesto en libertad tras recurrir una sentencia de un tribunal de San Gil, Santander (centro), que en 2012 lo condenó a más de nueve años de cárcel por tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, agravado por su condición de militar, por llevar en los bolsillos 50,2 gramos de marihuana.
En 2011, Arias Pinto cargó esa cantidad de cannabis, muy superior a los 20 gramos permitidos por la ley para consumo propio, a una misión del Ejército de una semana a una zona remota.
“Arias Pinto es adicto desde niño a las drogas sicotrópicas (…) y dado que era soldado y debía salir a una zona a patrullar en el municipio de Coromoro (este), lugar donde le sería difícil adquirir la marihuana, se configura una justa causa para que tuviera la cantidad que le fue hallada”, agregó el juez.
Un psiquiatra había relatado ante el Tribunal de San Gil que Arias Pinto era adicto a la marihuana tras constatar episodios de ansiedad derivados de su consumo.
El testimonio del médico fue desestimado en ese juicio “porque sólo contó con los datos suministrados por el paciente y no mediaba prueba de laboratorio”, agregó el fallo.
También un compañero del acusado en el Ejército testificó a su favor y dijo que “Arias Pinto consumía a diario entre diez u once dosis de estupefaciente”.
Colombia, donde es legal cultivar hasta 20 plantas de marihuana, autorizó en enero la marihuana medicinal y ya se comercializan productos elaborados con su hoja.
Sin embargo, el consumo de cannabis en la vía pública y su comercialización están prohibidos.