La diputada a la Asamblea Nacional (MUD), Delsa Solórzano explicó a través de varios mensajes en su cuenta en la red social Twitter que el estado de excepción decretado por el presidente de la República, Nicolás Maduro y que fue rechazado este martes por mayoría parlamentaria, “suspende las garantías constitucionales”.
Sostuvo que entre las violaciones más graves del instrumento están: La suspensión de sanciones políticas a funcionarios del Gobierno, la atribución de función de policías a los llamados Claps (Comités Locales de Abastecimiento y Distribución) y consejos comunales, la autorización a Maduro como Ejecutivo Nacional para dictar medidas frente a lo que considere “acciones desestabilizadoras” entre otras.
1. Los Edos de Excepción no son más que suspensión de garantías constitucionales. NO todas son susceptibles de ser suspendidas
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
2. Solo se pueden suspender en determinadas condiciones de gravedad establecidas claramente en la Constitución y Tratados Internacionales
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
3. El trámite que debe darse es someterlo a aprobación de la AN y enviarlo a la ONU y a la OEA de inmediato y a Sala Constitucional
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
4. Todo el Decreto debe cumplir de modo estricto con los extremos constitucionales
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
5. En cuanto al Decreto de Maduro observamos lo siguiente:
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
6. Los considerandos dejan claro q para Nicolas, q exista oposición es inaceptable. Abierta declaración de q no le gusta la democracia
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7. En los considerandos Nicolas dice que las colas son “inducidas” ya q según él el pueblo no está pasando hambre
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
8. Las violaciones más graves del decreto son las siguientes :
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9. El art 2.7 suspende la ejecución de sanciones políticas por parte de la AN a funcionarios del Gobierno. Con ello pretenden (sigue )
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10. Evitar que la AN cumpla con su función de control y sancione políticamente a los funcionarios corruptos e ineficientes (sigue)
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11. Ello viola los arts 187 y 339 único parte de la Constitución
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12. Atribuye funciones de policía a los “CLAP” y consejos comunales funciones policiales y de vigilancia de la ciudadanía (sigue)
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13. Ello es de suma gravedad y se asemeja peligrosamente a las Camisas Pardas o a los Batallones de la Dignidad. Viola art 332 CRBV
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14. El art 2.16 del decreto autoriza a Nicolás a dictar medidas de seguridad frente a “acciones de desestabilización” (sigue)
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15. Protestar por hambre, o exigir RR es según el gobierno desestabilizador. Así q no es más q autorización para reprimir. Viola art 68 CRBV
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16. Autoriza a Nicolás a dictar cualquier medida política, económica, jurídica o la q le plazca. Es una habilitación absoluta.
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
17. Ello viola la Constitución en su totalidad.
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
19. Por lo demás, el decreto contiene de modo idéntico todos los elementos que contenía el anterior en materia económica
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
20. Durante 120 días estuvo vigente el decreto anterior y la situación económica del país empeoró notablemente
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21. El decreto no es para proteger al pueblo, sino para reprimirlo y solo quiere proteger a Nicolás
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016
22. Por todo ello en este momento la AN NIEGA el Decreto de Edo de Excepción
— Delsa Solorzano (@delsasolorzano) 17 de mayo de 2016