Cristofer Correia: Legalmente, ¿Qué es Caracas?

Cristofer Correia: Legalmente, ¿Qué es Caracas?

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Más allá de la realidad social de nuestra querida y maltrecha ciudad, hoy quiero plantear tanto datos curiosos como elementos para la reflexión sobre lo que para la Constitución y las leyes y para los mismos ciudadanos significa la ciudad de “Caracas”. La capital cuenta con gran variedad de denominaciones producto de su complejidad político-institucional.

En primer lugar, la Constitución, en su artículo 18, señala que Caracas es la capital de la República e involucra a los municipios (en plural) del Distrito Capital y a los municipios del estado Miranda. Esto implica que Caracas necesariamente involucra a varios municipios mirandinos, que hoy son Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre y no restringe que puedan incorporarse nuevos municipios de este estado a la conformación de la ciudad capital. Por otro lado, vemos que la alcaldía del municipio Libertador es institucionalmente llamada “Alcaldía de Caracas”.





Igualmente nos abre la puerta a la posibilidad de tener más municipios en el Distrito Capital y que no sea solo el municipio Libertador, aunque, hoy por hoy, el artículo 4 de la Ley Especial sobre Organización y Régimen del Distrito Capital declara que esta entidad política es exclusivamente el municipio mencionado. En cualquier caso, consideramos que el proyecto de municipalización del Distrito Capital es necesario, y sobre esto hablaremos en las próximas semanas.

Si seguimos buscando las definiciones de Caracas nos encontramos dos “sinónimos”que se refieren al mismo espacio territorial: el Distrito Metropolitano de Caracas y el Área Metropolitana de Caracas. Ambas representan a los municipios Libertador, Chacao, Baruta, El Hatillo y Sucre, donde la máxima autoridad política es la Alcaldía Metropolitana de Caracas, electa democráticamente, y con un Cabildo Metropolitano con funciones legislativas en su jurisdicción.

Según el Sistema Bolivariano de Comunicación e Información, del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información, entre otras fuentes, entendemos por Región Metropolitana de Caracas al Distrito Capital más, por el estado Miranda, a los municipios Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre (Área Metropolitana), municipios Plaza y Zamora (subregión Guarenas-Guatire), municipios Paz Castillo, Urdaneta, Lander, Simón Bolívar, Independencia y Cristóbal Rojas (subregión Los Valles del Tuy), municipios Los Salias, Carrizal y Guaicaipuro (subregión Los Altos Mirandinos) y municipio Vargas (subregión Litoral Central).

Finalmente, mucho se habla de la “Gran Caracas” y sobre este término no hay ningún marco legal. Siguiendo el uso popular del término derivado del código de área telefónico compartido entre los municipios del Área Metropolitana de Caracas, asumimos que la Gran Caracas son estas zonas amparadas bajo el código numérico 0212.

Espero haber sido amplio con la investigación y concreto en su explicación sobre este interesante tema. Nuestro compromiso con Caracas está más presente que nunca, confiamos en que sí podemos tener una ciudad para la vida, la paz, la superación y la prosperidad. Lo alcanzaremos con una visión clara de la transformación que queremos alcanzar. Seguimos trabajando por la mejor Caracas.