TSJ declara improcedente recurso para anular el Arco Minero del Orinoco

TSJ declara improcedente recurso para anular el Arco Minero del Orinoco

Foto: EFE
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El juzgado de Sustanciación de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el pasado 27 de octubre la demanda de nulidad presentada por Freddy Gutiérrez Trejo, Ana Elisa Osorio, Cliver Alcalá Cordones, Héctor Navarro y otros, con medida cautelar de suspensión de efectos contra el Decreto N° 2248 de fecha 24.02.2016, publicado en la Gaceta Oficial Nro. 40.855, mediante el cual se crea la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional “Arco Minero del Orinoco”.

Con información de 2001





En la admisión del recurso se ordenó notificar al Ministro de Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, Fiscal General de la República, Procuraduría General de la República; al Coordinador de la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco, al Ministro de Desarrollo Minero Ecológico, Ministro de Petróleo y Minería, Ministro de Ecosocialismo y Aguas, Ministro de Pueblos Indígenas, al Instituto Nacional de Pueblos Indígenas y, al Ministro de Comunas y los Movimientos Sociales, a fin de que emitan su opinión en la presente controversia, y a objeto de que el último de los nombrados, publique en su página web el texto íntegro del oficio que le será remitido, con la finalidad de dar a conocer la interposición del presente recurso. Se acordó librar el cartel, abrir cuaderno separado y solicitar antecedentes.

Recordemos que el pasado 14 de junio la Asamblea Nacional aprobó en tercera discusión, el desconocimiento del Decreto del Arco Minero del Orinoco ejecutado por el presidente, Nicolás Maduro.

Lea a continuación la sentencia: TSJ