El Poder Ejecutivo reguló finalmente un área que afecta a muchos venezolanos: a través del Decreto 2.502, publicado en G.O. Nº 41.018 del 27 de octubre de 2016, estableció los procedimientos para adquirir la propiedad familiar sobre las viviendas otorgadas a través del sistema Gran Misión Vivienda Venezuela.
Nota de Prensa
Esta regulación del Ejecutivo parece un avance, porque establece los mecanismos para hacer efectiva la propiedad de cada familia a la que le es asignada una vivienda, lo que estaba pendiente desde 2011, cuando fue dictado el Decreto Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela (publicado en G.O. Extr. Nº 6.021 del 6-04-2011).
Sin embargo, el reciente decreto del Ejecutivo sigue sin reconocer la propiedad privada individual a los beneficiarios de esas viviendas, que es la que establece la Constitución en su artículo 115 y que paradójicamente el decreto cita. En consecuencia, la vivienda puede ser usada por la familia que la habita, pero no vendida, alquilada, hipotecada ni donada (artículo 8 numeral 4 del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, publicado en Gaceta Oficial Nº 6.018 extraordinario del 29 de enero de 2011). Esto implica que lo que se da a la familia es un simple derecho de uso, por lo que no ingresa nada a su patrimonio, ni la vivienda es suya.
Esto no debe extrañarnos a la luz de la sentencia de la Sala Constitucional que declaró inconstitucional la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela y Otros Programas Habitacionales del Sector Público, en que la Asamblea Nacional sí reconocía la propiedad privada a los beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela.
Esta sentencia y el reciente decreto llaman mucho la atención de Acceso a la Justicia, porque constituyen una prueba más de que el Plan de la Patria -que precisamente es contrario a la propiedad privada al preferir una “propiedad social”- está sustituyendo la Constitución, a pesar de no ser ni siquiera una ley sino un simple acuerdo legislativo, que no ha sido aprobado por los venezolanos bajo mecanismo jurídico alguno.
Recordemos que la visión socialista de la propiedad fue rechazada más bien por la mayoría de los venezolanos el 2 de diciembre de 2007, ya que era la base de la propuesta de reforma constitucional del ex presidente Chávez.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
El que el gobierno dicte normas contrarias a la Constitución afecta tus derechos, pero el que el Poder Judicial no haga que esta se cumpla, sino que obedezca directrices gubernamentales, lo transforma en un brazo del Ejecutivo. Esto impide que hagas efectivos tus derechos y tengas dónde reclamar sus violaciones. Además, afecta no solo tu derecho, en este caso a la propiedad, sino también tu derecho de acceso a la justicia, y sin Justicia no hay derechos.
Lo más grave en este caso es que el gobierno ha hecho mucho alarde de cómo favorece a los sectores más vulnerables de la población con su política de la GMVV, cuando ni siquiera reconoce la propiedad privada a sus beneficiarios, lo que está demostrado que es fundamental para sacarlos de la pobreza, así como darles estabilidad y seguridad.