“He llegado sin que ustedes lo sepan, sin que puedan defenderse, como el cáncer disfrazado de salud, que se instala sin resistencia en medio de las células benignas, aparentemente idéntico, insulso, inofensivo.” Carlos fuentes
El “proceso revolucionario” aniquila metódicamente a sus adversarios políticos en una suerte de paredón de fusilamiento, donde son acribillados con irregulares procedimientos de montaje judicial, caracterizados por la violación a la libertad personal traducida en detención ilegal y arbitraria, a la par del vilipendio como esencia de la criminalización, que hacen evidente la vulneración de derechos humanos, acarreando como consecuencia causas penales que contravienen los derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
“La revolución bonita” ha sometido a innumerables ciudadanos venezolanos, sobre todo jóvenes y no pocas mujeres, a causas penales aplicando la metodología que hemos dado en llamar el Paredón de la Revolución, porque literalmente se persigue la aniquilación de quienes adversan al gobierno a través de cuatro fases claramente identificadas en procesos judiciales que se les sigue en puntuales circuitos judiciales penales del país, cuyo epicentro, por tretas de un ex magistrado prófugo de la justicia, se ubicaría en Maracay, estado Aragua, extendiéndose sus efectos perniciosos a Caracas y otras regiones del país, además agravados por tribunales militares al prestarse para juzgar a civiles por motivaciones falsificadas.
Primero: Se quebranta la libertad personal y el derecho a la defensa con la detención arbitraria y aislamiento, dando lugar a procesos que tienen su origen en información de inteligencia, denuncias anónimas o flagrancias artificiosas relacionadas con hechos ficticios. A este respecto, es bueno acotar que actualmente el gobierno habría activado el “Plan Siembra”, del cual sería víctima el diputado Gilbert Caro, quien sumó más de 180 horas aislado para el momento en que terminaba de escribir estas líneas.
Segundo: Inducen la ruina moral del procesado exponiéndolo al escarnio público vinculándolo a delitos tales como: homicidio calificado, lesiones personales, instigación a delinquir, intimidación publica con artefactos explosivos, agavillamiento y narcotráfico. Le colocan una etiqueta dañosa, “asesino”, “desestabilizador”, “terrorista”, “narcotraficante”, usando el portal web del Ministerio Público y la red oficial de medios, usados en cadenas o para declaraciones oficiales, con el consiguiente desequilibrio emocional del procesado y sus familiares. Sin importarles que “la vida de una persona injustamente difamada puede destruirse para siempre”, como lo dice S.S. el Papa Francisco.
Tercero: En algunos casos, además provocan la ruina patrimonial confiscándoles todos los bienes muebles e inmuebles al procesado, así como el congelamiento de activos financieros, haciendo mayor el descrédito con la adjudicación de dichos bienes a organismos supuestamente dedicados a la lucha contra el tráfico de drogas.
Cuarto: Provocan la postración de los procesados, de sus defensores y familiares con procesos interminables, en los cuales se enaltece la admisión de hechos como una solución sine qua non de litigios plagados de métodos de chantaje; cuando el procesado va a juicio, distinguido por cabras judiciales y los consabidos diferimientos de audiencias, comienza un suplicio signado con una privativa de libertad indefinida, ante la cual resultan inútiles lapsos, recursos pertinentes, denuncias, medidas cautelares o decisiones de organismos internacionales para el cese de la misma.
Contrario al discurso y la retórica del gobierno, en Maracay someten a los indiciados por causas con motivaciones políticas en un limbo procesal caracterizado por las más aberrantes violaciones a sus derechos humanos relativos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso -específicamente, infracción del principio de presunción de inocencia-, al honor, a la reputación y a la vida misma, más aún cuando las acusaciones provienen de hechos falsos que hacen palpable la persecución política y judicial a opositores en Venezuela.
El Paredón de la Revolución suma innumerables víctimas en el estado Aragua, alguno de ellos fallecido en un centro policial por denegación del derecho a la salud, a la vida, mientras otros tienen impedimentos para que le provean atención médica adecuada, reflejando la penuria de ciudadanos venezolanos encarcelados simplemente por ser incómodos para el gobierno, una lamentable situación de violación de derechos humanos a la vida e integridad personal, significando un retroceso en la labor que organismos internacionales han venido realizando en protección de los derechos humanos de los perseguidos políticos, privados o no de libertad.
El que fusila, mostrándose obsesivo compulsivo en el cumplimiento del mandato de muerte, como ocurre con jueces y fiscales en Maracay, actuando con saña, es un enfermo que se convierte en delincuente en pos de la premiación que pudiese recibir en un sistema viciado por injerencias extrajudiciales, lo mismo hacen los perros como lo descubrió Paulov, sería el caso de la jueza que sin ton ni son mandó a prisión por 8 años a Raúl Emilio Baduel y Alexander Tirado, del Magistrado que les ratificó la condena y tomó decisiones adversas en otros casos similares, de la Magistrada que sentenció a Iván Simonovis, Henry Vivas, Lázaro Forero y los policías metropolitanos, así como de cinco jueces a cargo de la causa de Kamel Salame, uno de los cuales supuesto responsable de la muerte de un procesado, conducta obsecuente reeditada por 7 jueces penales que también materializaron decisiones prefabricadas para frenar el referéndum revocatorio, como queriendo fusilar a la misma democracia, nada más parecido a los Juristas del horror de Ingo Müller.
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