La inacción de la Fiscal Ortega es comunión de intereses con sus amigos, los magistrados golpistas. Los que conocemos Derecho Procesal sabemos que un juez no puede cambiar su sentencia, como hicieron en flagrante violación a propia jurisprudencia los magistrados amigos de Luisa, olvidando además que un tribunal no puede dirimir una controversia, si forma parte de la controversia misma; y ella, la Fiscal, parece no asimilar que sus camaradas cometieron un delito y tienen que pagar con cárcel por su delito, porque no existe tal cosa como reversión de un delito. Procede calificación de falta grave y destitución de esos magistrados conforme a los artículos 62 y 63 del TSJ, por comprometer la dignidad del cargo, violando la ética judicial y de la abogacía.
No se trató de un problema entre el TSJ y la Fiscalía General de la República, sino de un “Golpe de Estado”. “El golpe más miserable del mundo” -como lo calificó la prensa de Finlandia-, que dio Nicolás Maduro secundado por magistrados ilegítimos. Emular un golpe y desestimarlo luego no está previsto en la Carta Magna. Por tanto, no caben medias tintas. Luisa la tiene fácil. Sus amigos rompieron el hilo constitucional con las sentencias 155 y 156, hecho demostrado al revertir dichas sentencias, con las sentencias 157 y 158. Aquí nadie tiene que enredarse: es causal para destitución de un juez, haber cometido un error inexcusable, definido por la propia Sala Constitucional justo el 30-03-2005. Además, dichas sentencias son nulas, en razón de los artículos 25 y 138 de la Constitución y el delito procesado, a saber: en el TSJ se ejecutó un golpe de estado, los magistrados que lo dieron abandonaron sus funciones al darlo, así haya decidido Nicolás solicitar al TSJ anular las sentencias deben aplicarse los artículos 25 y 138 de la Constitución a esos 7 magistrados, implicando que la Fiscal Ortega deba procesar penalmente a sus camaradas delincuentes del TSJ.
A esta hora, en que la Asamblea Nacional dio el primer paso en el camino que pasa por el Despacho Fiscal, su Titular simplemente es cómplice en el delito de conspiración, con su inacción hace ver que está tratando de que no enjuicien a sus amigos por haber dado un golpe a la democracia. ¿Qué espera? No le pedimos un favor, es su deber, y no crean que lo cumplió a cabalidad tan sólo con denunciar que sus camaradas habían incurrido en “varias violaciones del orden constitucional”. Debe acusar a los 7 Magistrados que rompieron el Hilo Constitucional, “si es cierta y legal” su denuncia. Además del delito de conspiración, previsto en el artículo 132 del Código Penal, está el delito constitucional previsto en el artículo 200 de la Constitución. ¿Cuántos años por el pecho le toca legalmente a cada magistrado por el pequeño desacuerdo entre poderes? Entre 8 y 16 años, según el artículo 132 aludido. Eso solo por responsabilidad penal; por responsabilidad administrativa, la destitución. Los magistrados de la Sala Constitucional deben responder por su actuación. Es una exigencia constitucional y la Fiscal General se hace de la vista gorda.
La Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, debe demostrar que su denuncia del 31/03/2017 no se trató de una acción impuesta desde Miraflores, que la haría participe del cinismo del régimen, del comportamiento delincuencial del Estado Tirano, haciéndola una persona de dudosa solvencia moral, por permitirle a delincuentes apoltronase en el poder haciendo la ruptura del orden constitucional cada día más compleja, lo cual es grave, porque actúa como un activista político, incurriendo en cesación del cargo, cuando este es el momento propicio para que se someta a la letra, al espíritu de la Carta Democrática de la OEA, para que proceda y actué denunciando a los 7 magistrados en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, incluso, ante la Corte Penal Internacional, porque el Presidente del TSJ y todos sus leguleyos psuvistas cometieron un crimen de lesa humanidad.
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