La sentencia que condenó a los primosRolando,Otoniel y Juan Guevara cumplir una pena de prisión interminable, se acordó en un Conciliábulo, el mismo donde se decidió la muerte de un Fiscal del Ministerio Público que soñaba con ser Embajador en el Reino Unido y donde fueron calificados como los candidatos perfectos a quienes echarle ese muerto encima, cuando lostribunales dictaron sentencia, solo se prestaban para un montaje, remachabanperpetuosdías en la cárcel y apenas comenzaba la labor titánica de la Dra. Jaqueline Sandoval para desmontar la farsa que al día de hoy es innegable.
Rolando,Otoniely Juanfueron detenidos en noviembre de 2004. Detenidos por demás ilegalmente. Juan Bautista Guevara Rodríguez, fue privado de su libertad el 20 de noviembre de 2004, fecha en la cual fue secuestrado en su residencia por funcionarios policiales, desaparecido por una semana, drogado y torturado, posteriormente hacen ver que fue aprehendido en posesión de armas, en el estado Portuguesa y puesto a la orden de Tribunales en fecha 27 de noviembre.
Desde el 23 de noviembre personas no identificadas mantuvieron aRolando y Otoniel por 3 días desaparecidos y abandonados en el Estado Carabobo, donde fueron objeto de un presunto rescate de un secuestro, por parte de efectivos de la Guardia Nacional, fueron presentados posteriormente ante el Juzgado 34 de Control del ÁreaMetropolitana de Caracas, en fecha 26 de noviembre, donde les fue dictada medida privativa de libertad, sin haber sido impuestos de sus derechos ni imputados con anterioridad.
RolandoyOtoniel Guevara Pérez fueron objeto de condena previa por parte del para entonces Ministro de Relaciones Interiores, Jesse Chacón; Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Marco Chávez; el Director General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención,Eduardo Torres; con anuencia del ex Fiscal General de la República,Julián Isaías Rodríguez Díaz, quienes ordenaron sus muertes. Y no fueron ejecutadas por los subalternos, por respeto a su trayectoria y liderazgo dentro de su cuerpo policial.
Actualmente, se encuentran en la sede de El Helicoide del SEBIN, cumpliendo sentencia condenatoria de 27 años 9 meses de prisión, por el delito de Homicidio calificado, siendo su única conexión con el caso, llamadas anónimas, un cruce de llamadas entre primos, hermanos y compañeros de trabajo, un incidente de tránsito de Juan Bautista Guevara Rodríguez en las inmediaciones de IUPOLC, la noche del asesinato de Danilo Anderson y las declaraciones de Giovanni Vázquez y Alexis Peñuela, falsos testigos incluidos en forma irregular al proceso y protegidos por el Ministerio Público.
Los hechos por los cuales se les acusa ocurrieron el 18 de noviembre de 2004, fecha en la cual muere por medio de una explosión el Fiscal del Ministerio Público Danilo Anderson, en esa misma fecha y a escasos momentos de producirse el mencionado evento, el ex Fiscal General de la República Julián Isaías Rodríguez, sin ni siquiera tener certeza de quien era la persona muerta señala que fue un acto terrorista en contra del Fiscal Anderson.
Aun cuando se trata del mismo caso, homicidio de Danilo Anderson, el Ministerio Público seccionó el expediente en un caso por imputado, por lo tanto existen 7 averiguaciones aproximadamente, y no todos tienen las mismas actuaciones ni hay acceso a ellas por parte de los otros abogados, pero precisamente por existir tal procedimiento se verificó el fraude procesal realizado por los Fiscales donde un mismo testigo Giovanni Vázquez dio varias versiones de un mismo caso, en fechas distintas y cambiando los presuntos responsables, fechas y sitios donde se suponía ocurrían las reuniones para planificar la muerte del Fiscal.
Existe además, la denuncia-confesión que efectuara Hernando Contreras, uno de los fiscales actuantes, así como la del propio Giovanni Vázquez, donde manifestaron que había irregularidades en la declaración de este último y que los Guevara, así como los otros imputados por el asesinato del Fiscal, no tenían nada que ver con el mismo.
En el presente caso se ha violado en forma reiterada la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a la defensa, igualdad de las partes, ser juzgado por sus jueces naturales (tribunal con escabinos), existió fraude procesal por parte del Ministerio Público, así mismo se agotaron todas las instancias nacionales, sin que ninguno de los jueces actuantes decidieran en forma motivada, argumentada ni ajustada a la ley.
Antes del caso Anderson, el Ministerio Público ya había llamado a declarar a Rolando y Otoniel Guevara en los siguientes casos: Montesinos, Los Paracos de la Hacienda Daktari, las explosiones de La Embajada de España y Consulado de Colombia, Los pistoleros de Puente Llaguno, por lo cual fueron allanadas sus oficinas, es decir eran los sospechosos habituales de la Fiscalía para cada caso emblemático, aun cuando ya tenían dentro de su investigación nombres y responsables definidos no perdían la oportunidad de vincularlos en tales hechos.
Desde el año 2011 estos tres presos políticos han podido acceder a las medidas alternativas al cumplimiento de la pena, y sin embargo el Ministerio de Asuntos Penitenciarios hace caso omiso a los requerimientos del tribunal de realizarles los exámenes psicosociales requisito fundamental para el otorgamiento de los mismos.En el caso particular de Rolando Guevara se ha solicitado en cinco oportunidades una Medida Humanitaria por las distintas dolencias que ha venido padeciendo desde el 2010 y el Tribunal 6 de Ejecución está en mora con la citada decisión.
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