Excesos de la Misión de la OEA en Honduras debilitan su gestión, por Robert Carmona-Borjas

Excesos de la Misión de la OEA en Honduras debilitan su gestión, por Robert Carmona-Borjas

 

La lucha contra la corrupción, la erradicación definitiva de estas prácticas aberrantes en nuestras sociedades es una constante que debe dirigir todos nuestros esfuerzos por un mundo basado en el pleno respeto de los Derechos Humanos. En Honduras, la lucha contra este mal es uno de los grandes retos del Estado, por lo que el Gobierno solicitó la asistencia y la cooperación de la OEA que se concretó con la firma de un Acuerdo bilateral, el 19 de enero de 2016, un instrumento bienvenido por la sociedad, los partidos políticos y los distintos grupos y sectores en Honduras.

En base a ese acuerdo se creó la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (MACCIH), llamada a desempeñar un papel fundamental en esta lucha, a través de la asistencia a las distintas entidades del Estado, una herramienta que lejos de tener un carácter supranacional o superior, como lamentablemente parecen entenderlo sus representantes, significa un Mecanismo Interinstitucional de Cooperación Bilateral entre el Ministerio Público de la República de Honduras y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), para contribuir con el Gobierno y las instituciones hondureñas en la lucha contra la corrupción y por su erradicación definitiva en el país.

No hay dudas. Se va en la buena dirección, pero acciones erradas de su vocería en el pasado, lamentablemente ahora reiteradas, están generando desconfianza, no sólo en Honduras sino en el resto de la región que ven en estos acuerdos un apoyo válido en la lucha contra la corrupción.

Ante la deficiencias y desaciertos del vocero anterior, muchos asumimos posiciones críticas, siempre bien intencionadas, constructivas, es nuestro deber, para evitar que corrientes adversas pudieren aprovechar tales debilidades y disminuir la importancia de esta cooperación.

La Misión de la OEA tiene facultades muy concretas, competencias explícitas que se derivan del Acuerdo de 2016. No se trata de un mecanismo supranacional, de un órgano superior al Estado, a sus instituciones. Se trata de un mecanismo de cooperación que debe trabajar conjuntamente con las instituciones del Estado, con la sociedad civil, con los distintos actores, para lograr sus objetivos, es decir, la adopción de las políticas necesarias, incluidas las reformas legislativas y de los órganos del Estado, que permitan enfrentar con éxito la corrupción en el país.

El inicio del estudio por el Congreso de la República, el 6 de marzo pasado, del Proyecto de Reformas a la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito y la Ley de Lavados de Activos, una iniciativa del Partido Alianza Patriótica, que se ajusta a TODOS y CADA UNO de los requisitos legales exigidos por la Constitución Nacional de la República de Honduras, ha generado comentarios y críticas dentro y fuera del país, que deben considerarse para fortalecer la acción legislativa.

Sin entrar a juzgar el alcance y el contenido de la ley en estudio, que responde al derecho inalienable de toda nación de proponer, considerar y aprobar sus leyes, estimamos que las discusiones sobre el proyecto deben canalizarse en base a las formas y las normas establecidas. Ninguna entidad, nacional o internacional, tiene el privilegio de imponer criterios y menos públicamente, más cuando como en este caso hay un Acuerdo de cooperación que marca los parámetros en esta lucha.

En relación con ello debemos compartir el malestar de muchos por las declaraciones de la vocería de la Misión que ha de nuevo incurrido en excesos que ponen en peligro la eficiencia y la efectividad de su misión en el país. Sus críticas, acertadas o no, deben ser consideradas propuestas dentro del proceso de elaboración de la ley, expresadas con la discreción del caso, en los grupos de trabajo que examinan el proyecto, sin posturas arrogantes.

Imponer criterios se aleja de la cooperación acordada en el Acuerdo de 2016. Estos excesos disminuyen, como hemos dicho, la independencia y la autoridad del Parlamento de la República lo que es inaceptable en Honduras y en cualquier país.

No es labor de la Misión, ni de la OEA imponer criterios, sino sugerir. No estamos ante un órgano supranacional al que deben someterse los órganos y las instituciones del Estado. Ese criterio en la práctica de los voceros, fue y sigue siendo un grave error, tanto del abogado peruano Juan Jiménez Mayor, como el de la recién designada vocera temporal Ana María Calderón Boy.

Su misión, insistimos, es cooperar y prestar asistencia válida y oportuna, necesaria por lo demás, pero NUNCA son imponer criterios mediante declaraciones que crean confusión y desconfianza, más cuando sus “recomendaciones” se presentan como ÓRDENES SUPERIORES y se recogen en el portal de la OEA como éxitos, una publicidad que, insisto, en NADA favorece la lucha que la sociedad hondureña se ha propuesto para erradicar el flagelo de la Corrupción que, vale aclarar, no es un mal nacional exclusivo, sino un mal que afecta a toda la región y me atrevo a decir, al mundo entero.

@CarmonaBorjas

www.carmonaborjas.com

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