En Gaceta Oficial N° 6403, con fecha del viernes 31 de agosto se publicó el decreto de la presidencia de república N° 3.601, mediante el cual se incrementa el salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado, el cual se fija en la cantidad de un mil ochocientos Bolívares Soberanos exactos (Bs.S 1.800,00) mensuales, a partir del 1 de Septiembre de 2018.-(Véase N° 6.403 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
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