En Gaceta Oficial N° 41.544 de fecha 12 de diciembre se publicó la resolución de Ministerio de Poder Popular para el Transporte mediante la cual se establece la Tarifa máxima Oficial para las Rutas Suburbanas e Interurbanas a Nivel Nacional, a ser cobradas por los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeras y pasajeros. Exhorto Oficial mediante el cual se exhorta a los Alcaldes a nivel nacional, a los gremios de transportistas y a las autoridades competentes a respetar y mantener como tarifas máximas en sus áreas de competencia las cantidades que en él se indican.
LaPatilla.com
En las rutas menor o igual a 20 kilómetros se establece una tarifa máxima de 10 bolívares.
En las rutas mayor a 20 kilómetros se establece una tarifa máxima de 15 bolívares.
En zonas topográficas accidentadas tendrán un recargo de 3 bolívares.
Para el sistema de transporte superficial del Estado el pasaje urbano será de 5 bolívares.
En los sistemas de metroviarios y ferroviario Caracas-Cua, Metro de Caracas, Metro de Los Teques, Metro de Valencia, Metro de Maracaibo la tarifa será de 1 bolívar.
Gaceta Oficial N° 41.544 by La Patilla on Scribd