Aquella maleta negra con 46 lingotes de oro y 50 kilos de peso nunca llegó a su destino. El viernes 9 de febrero de 2018 fue decomisada en el aeropuerto Reina Beatrix de Aruba justo cuando iba a ser transportada en un vuelo de KLM rumbo a Amsterdam. Su portador, un escolta aduanero venezolano con identidad en reserva, fue detenido antes de abordar por policías de la RST (Recherche Samenwerkings Team, Cuerpo de Investigaciones Conjuntas de los Países Bajos) por orden del Ministerio Público arubiano. El reluciente equipaje valorado en 2,1 millones de dólares, se puso bajo custodia del Banco Central arubiano mientras la fiscalía abría la investigación por sospecha de lavado de dinero y falsificación de documentos.
Equipo de Investigación Runrun.es
En realidad, las 46 barras doradas de tamaño irregular sólo estaban de paso por la isla caribeña. Habían sido transportadas en un avión comercial desde Maracaibo, en la vecina Venezuela.
La confiscación ocurrió justo un mes y cuatro días después que el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, ordenara el cierre de las comunicaciones por aire y mar con las islas ABC (Aruba, Curazao y Bonaire) durante 72 horas, lapso que se extendió a 3 meses de bloqueo. El avión con el cargamento dorado llegó a Aruba pese al cerco que decretó el mandatario venezolano para la “reestructuración y defensa de los intereses económicos de Venezuela” al mismo tiempo que acusaba a las antillas del reino de los Países Bajos de permitir el contrabando de materiales estratégicos. “Se llevan el oro, el coltán, los diamantes, productos alimenticios”, dijo Maduro en el Consejo de Ministros del 5 de enero de 2018.
Pero la acusación de Maduro es contradictoria. El gobierno venezolano, a través de una empresa mixta, participa indirectamente en lo que el primer mandatario identificó como contrabando de oro venezolano.
Aun cuando no lo tenían grabado en bajorrelieve, las 46 barras de oro decomisadas en Aruba en febrero pasado estaban registradas a nombre de una compañía estatal venezolana: Oro Azul, empresa mixta minera ecosocialista creada en noviembre de 2016 bajo el gobierno de Maduro con el objeto de explotar y comercializar otro material estratégico: el coltán.
La identificación la reveló con documento en mano Helen LeJuez, la abogada arubiana que inicialmente asumió la defensa legal de la firma Paoro Armored Transport Aruba, encargada de transportar el oro desde Maracaibo, con una primera escala en Aruba, y una posterior en Holanda hasta su destino final, Dubai, en los Emiratos Árabes Unidos. El propietario de la empresa de transporte de valores, el venezolano-holandés Juan Carlos Toro Rodríguez, fue detenido por averiguaciones y posteriormente liberado en junio de 2018. Hasta noviembre, el caso que investiga el Ministerio Público seguía abierto.
Si bien la palabra contrabando connota prohibición, clandestinidad y evasión, el paso del oro por Aruba y Curazao procedente de Venezuela, sigue, en apariencia, los canales regulares de las mercancías en tránsito. Autoridades aduanales ratifican que Paoro Armored Transport presentó la documentación en regla, desde las facturas del Seniat venezolano hasta el certificado de origen. Sin embargo, no especificaron si fueron aplicados mecanismos para verificar su autenticidad o si hubo declaración fraudulenta del origen de los minerales.
“Tenía autorización del gobierno venezolano”
Sin pestañear, en junio 2018 LeJuez argumentó en un encuentro con Runrun.es en Aruba que toda la operación fue legal. La abogada afirmó que los 50 kilos de oro fueron transportados hasta la aduana arubiana en un vuelo comercial de Aruba Airlines para lo cual se presentó toda la documentación requerida, entre la que se encontraba el certificado de origen y la declaración fiscal del Seniat venezolano,. Sostuvo que la mercancía nunca salió del Reina Beatrix porque allí había sido depositada en calidad de tránsito mientras era declarada antes de seguir su rumbo a Europa. “En ese caso no hubo contrabando ni lavado de dinero”, aseguró a la prensa de la isla el 13 marzo de 2018.
El estatus de los 50 kilos de oro era “mercancía en tránsito”, es decir, la que arriba a una aduana proveniente del exterior y permanece ahí mientras es transportada hasta otro país, sin ser registrada como importación, define el artículo 144 de la Ordenanza Nacional de Importación, Exportación y Tránsito de Aruba.
Las empresas mixtas como Oro Azul están entre las contadas entidades públicas autorizadas para operar en la actividad aurífera en Venezuela a partir del decreto No. 2.165 (Gaceta Oficial N. 6210 del 30 de diciembre de 2015), que reserva al Estado las operaciones de exploración y explotación del oro y demás minerales estratégicos. En estas dos áreas también pueden participar institutos, corporaciones y empresas que estén adscritas al Ministerio de Petróleo y Minería, ahora Ministerio de Desarrollo Minero Ecológico, Mindeminec.
Pero la comercialización del oro, entendida como su compra en el Arco Minero y venta tanto en el mercado nacional como internacional así como las correspondientes autorizaciones a terceros para su exportación, recae exclusivamente en el Banco Central de Venezuela, según el artículo 31 del decreto extraordinario No. 6.210 de 2015. De esta manera, según la norma, el traslado de los 50 kilos de oro que aterrizaron en el aeropuerto de Aruba a nombre de una empresa del Estado venezolano, tendrían que haber sido autorizadas por el órgano rector en Caracas, que vigila su salida del país.
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