La Alianza Nacional Constituyente Originaria (Anco) considera que el país necesita justicia y no autorizar el Proyecto de Ley de Amnistía propuesta por el Parlamento.
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La organización señaló mediante un comunicado que “los venezolanos exigen justicia por los 20 años de asesinatos, torturas, desaparición forzada, violación de los derechos humanos”. Además, explican que la Ley de Amnistía no cumplirá lo que los ciudadanos esperan.
Este es el comunicado de la Alianza Nacional Constituyente Originaria:
Caracas, 04 de febrero de 2019.
Ciudadano:
Diputado EDGAR ZAMBRANO, Primer Vicepresidente de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
Su Despacho.-
En nombre de la Alianza Nacional Constituyente Originaria (ANCO-OFICIAL), tengo a honra dirigirme a usted, en la oportunidad de consignarle por escrito nuestras observaciones al Proyecto de Ley de Amnistía que actualmente debate ese órgano legislativo.
En primer lugar, esta ley parece que va contra la justicia. Se ofrece un perdón, más que eso, una amnistía, la cual elimina los delitos y sus consecuentes responsabilidades. Venezuela, su población, necesita ver que la justicia se aplique, que las responsabilidades se establezcan y después, de ser el caso, de no tratarse de delitos de Lesa Humanidad y contra los Derechos Humanos, considerar la posibilidad de Amnistía o del Indulto, que elimina la pena, más no el delito. La garantía de la paz es la justicia. Eso de estar convenciendo a la gente del perdón, es además una falsedad, no se trata de perdón, el perdón es otra cosa, y es un asunto de cada quien, pero, legalmente hablando, el perdón es el indulto, la amnistía es el olvido, nunca pasó, deja de existir el delito no hay NINGUNA CONSECUENCIA
En segundo lugar, se supone que la Amnistía va dirigida a los enjuiciados y detenidos por delitos políticos y, esta ley, es ofrecida, paradójicamente, a quienes tienen en las cárceles y torturan a los mismos, es decir, a nuestros luchadores por la democracia que hoy están siendo torturados y perseguidos.
En tercer lugar, consideramos que un instrumento normativo de la naturaleza y alcance como el que actualmente discute nuestra Asamblea Nacional, es uno de los elementos que, aunado al rescate del pleno funcionamiento del Poder Judicial y de la Fiscalía General de la República, incluida la justicia militar, contribuirán, junto a otros, a dar un marco firme a través del cual nuestra nación pueda, paulatinamente, ir superando las heridas que dejan los abusos, excesos, arbitrariedades y crímenes que se han cometido contra las personas, los bienes y las instituciones; todo esto sin espacio para consideraciones histórico-políticas que den soporte y justificación a la impunidad. Difícilmente habrá una nueva Venezuela sin justicia. Nos queremos reconciliar, pero no con el robo, ni con el crimen ni la destrucción. Es por eso que los hechos deben pasar primero por un Tribunal que imparta esa justicia que se dan los pueblos apegados a valores y principios, para luego, con la verdad por delante, aplicar una oportuna y conveniente amnistía a aquellos que se considere la merecen, para que podamos convivir en paz.
En cuarto lugar, es una “Amnistía” utilizada, o así se pretende, para cambiar el régimen y no, como debería ser, para formar parte de la justicia que, forzosamente, deberá venir después, cuando se conozcan las imputaciones. La finalidad de esta ley sería, según en ella se indica, “Restablecer la paz social y democrática y la concordia nacional”, nada más lejos de la verdad. Esta ley se está presentando como un anzuelo a las FFAA concretamente.
En quinto lugar, considerando que “con la amnistía se produce la extinción de la responsabilidad civil, penal, administrativa, disciplinaria, o tributaria, mediante la finalización definitiva de las investigaciones, procesos, procedimientos, penas o sanciones y de todos sus efectos que se han producido en general desde el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en vigencia de la presente ley”, debe observarse rigurosamente lo establecido en el artículo 29 de la Constitución vigente (Delitos contra los derechos humanos y de lesa humanidad), para no cohonestar estas nefandas conductas y, evitar así, dictámenes en sentido contrario de organismos internacionales que pudieran examinar, también, los hechos a los que se refiere la ley in comento. Por otra parte, de acuerdo al diccionario de la Real Academia Española el término “Amnistía” refiere a “1. f. Perdón de cierto tipo de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores” (ver RAE, Amnistía, en https://dle.rae.es/?id=2NBrKLC). En otras palabras, para que exista una amnistía o perdón que extinga la responsabilidad de sus autores, debe existir antes la determinación de esa responsabilidad y la imposición de la pena por un delito comprobadamente cometido por el cual los autores han sido sentenciados. Caso contrario, ¿cómo se entiende una amnistía? En tal virtud, consideramos que la amnistía no puede suspender las investigaciones de los hechos, para poder llegar a la determinación de las responsabilidades, con base a la comprobación de hechos tipificados como delitos, y con emisión de la respectiva sentencia.
En sexto lugar, debe garantizarse la veeduría y participación en la aplicación concreta de la ley de aquellas personas e instituciones públicas y privadas con experticia y reconocimiento en esta tan delicada materia, en especial, de aquellas personas que han sido víctimas en estos años de las conductas potencialmente amnistiables, y sus familiares. Las familias venezolanas tienen que abrigar en sus corazones que el perdón otorgado no ofende la justicia ni desconoce su injusto padecimiento.
En séptimo lugar, una Amnistía va dirigida a los enjuiciados y detenidos por delitos políticos, y esta ley es ofrecida, paradójicamente, a quienes han asesinado, tienen en las cárceles y torturan a nuestros luchadores por la democracia (civiles y militares). Los soldados, se dan el lujo de quemar el texto de la ley que, “diligentemente”, se les ofrece desde una oposición cuyo presidente todavía no podría hacer efectiva, con un esmero digno de mejor causa. Las víctimas no han sido oídas, los delitos son atroces, no ha habido el mínimo gesto de arrepentimiento de unas FFAA, cuyo ministro les ordenó, además, rechazar la ley. Hasta ahora ha quedado como un ruego a los militares: “Ayúdennos, que ya están perdonados”, y, claramente, el sujeto a quien está dirigida la ley es a las FFAA, en un intento de resquebrajar el apoyo al régimen, siendo que las víctimas del mismo, los presos políticos, ni se mencionan por quienes la promueven.
En octavo lugar, todavía no cesan las acciones que transgreden los derechos humanos y perpetran delitos de lesa humanidad en suelo venezolano, por lo cual, establecer en esta fecha un marco jurídico-legal anticipado para perdonar conductas que aún se cometen y que, en voz de los perpetradores, se seguirán cometiendo, abona el camino para que estos delincuentes consumen sus crímenes al amparo de una normativa que les será aplicada en días.
En noveno lugar, esta amnistía puede verse como la continuación del diálogo, siempre favorable al régimen. Recordemos la otra “Amnistía” en la cual salieron libres los asesinos de Puente Llaguno, y los presos políticos quedaron detenidos por “Haber cometido delitos de Lesa Humanidad”, y aún cumplen penas. Sencillamente, esta ley es de imposible aplicación, además, porque todos los delitos cometidos por las FFAA son contra los derechos humanos y de Lesa Humanidad, sin dejar de recalcar la horrible tortura.
Finalmente, consideramos, además, que no es el momento oportuno para este texto. El país exige justicia. Son 20 años de asesinatos, torturas, desaparición forzada, condenas por jueces sometidos, violación del debido proceso, y ultraje de los Derechos Humanos. Será percibida como Impunidad. Y lo es.
Atentamente,
Ing. Enrique Colmenares Finol
Coordinador Nacional ANCO