El Frente Institucional Militar (FMI) emitió un comunicado este miércoles 20 de febrero exhortado a los militares activos en el país a que permitan la entrada de ayuda humanitaria y a no cometer errores, ni equivocar el sentido del cumplimiento legal de órdenes superiores, con el fin de defender a los venezolanos y no estar incursos en algún delito sancionado por las leyes nacionales e internacionales.
lapatilla.com
Aquí el comunicado completo:
Los miembros del Frente Institucional Militar (FIM), conformado por Oficiales Generales y Almirantes, Oficiales Superiores, Subalternos y Tropa Profesional, en fiel y honorable cumplimiento del sagrado juramento que rendimos ante Dios y la Bandera por Venezuela, con total apego a nuestro deber constitucional y con la convicción de servidores públicos que hemos sido al dedicar nuestras vidas con tesón y denuedo al pueblo al que nos debemos, declaramos nuestro total e irrestricto apoyo a la decisión del Presidente Encargado de la República, Juan Guaidó, de autorizar el ingreso de la tan urgida y necesitada Ayuda Humanitaria el 23 de febrero próximo.
El empleo de la FAN está circunscrito a la defensa militar, cooperación en el mantenimiento del orden interno y participación activa en el desarrollo nacional, al servicio de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Deben sí, salvaguardar la seguridad fronteriza como les corresponde, en ocasión del magno evento de ingreso de la tan loable y oportuna Ayuda Humanitaria que la Comunidad Internacional ha tenido a bien otorgarle al pueblo de Venezuela en solidaria comprensión de la Catástrofe Humanitaria causada por el pasado gobierno y que hoy usurpa el poder, sobre lo cual ni hay duda ni cabe discusión que tenga fundamento, pues somos todos los venezolanos testigos de excepción de tan
ignominiosa obra.
Ningún militar que aprecie su dignidad está obligado a cumplir órdenes arbitrarias ni en contra de la Constitución y leyes de la República, ni de superiores jerárquicos que se han puesto al margen de la ley como todos conocemos.
Es oportuno recordarles que los hemos formado con conocimientos jurídicos suficientes para cumplir y hacer cumplir la Carta Magna y nuestro ordenamiento legal. Saben ustedes que la legítima Asamblea Nacional tiene la potestad constitucional de autorizar el empleo de misiones militares extranjeras en nuestro país, como por ejemplo para apoyar la Ayuda Humanitaria. (Artículo 187 ordinal 11 constitucional).
Conocen también la supremacía de los tratados internacionales sobre Derechos Humanos en la legislación interna, como es el caso del Derecho Internacional Humanitario que contempla la Injerencia Humanitaria aprobada por los países miembros de la ONU por unanimidad, que suscribió Venezuela y que se conoce como la Doctrina de Responsabilidad de Proteger, cuando la misma tenga por objeto evitar que se cometan crímenes atroces, tales como el genocidio.
El Estatuto de Roma establece en su literal b, numeral 2 del artículo 7, que la privación de acceso a alimentos y medicinas se considera un delito de lesa humanidad, en el que incurriría todo militar que impida el ingreso de los alimentos y medicinas, y su responsabilidad penal es personalísima y no prescribe ni admite beneficios ni indulto ni la amnistía ofrecida por la AN, según establece el artículo 29 de la Constitución.
También es propicio acotar que la versatilidad del uso de las redes sociales y los teléfonos inteligentes, permiten registrar y reseñar toda acción pública, que realizada al margen de la ley o constituyendo delito, le impedirá a todo militar alegar cumplimiento de órdenes superiores para procurar su impunidad.
La Corte Penal Internacional, en el marco legal que establece el Estatuto de Roma, que ha suscrito válidamente Venezuela, juzgará los crímenes señalados en la jurisdicción internacional, por lo que es menester que ningún militar venezolano se permita cometer errores ni equivocar el sentido del cumplimiento legal de órdenes superiores, que puedan llevarlos a estar incursos en delitos de los previstos y sancionados en el referido Estatuto.
Con la más noble aspiración de ver prevalecer el honor militar del que hemos hecho gala los profesionales de las armas en Venezuela, esperamos de ustedes apreciados oficiales, y demás profesionales militares, la consagración de dignidad por el pueblo que lleno de esperanza recibirá el apoyo de sus hijos de uniforme, dignos herederos de nuestros libertadores.