Confundidos en un laberinto complicado, por @ArmandoMartini

Confundidos en un laberinto complicado, por @ArmandoMartini

Armando Martini Pietri @ArmandoMartini

 

El 23 de enero 2019, gobiernos democráticos del mundo coincidieron, en Venezuela hay usurpación y reconocieron a Juan Guaidó, como Presidente interino. De tener éxito y expulsar al timador, serían los visionarios que ayudaron a liberarla de las garras castro comunistas.

Sin embargo, había riesgos conocidos.

Obstrucciones incoherentes, múltiples tableros, faltos de coraje, ambiciones excesivas, bolichicos y enchufados, intereses contradictorios, serviciales cohabitantes y distorsiones haciendo de las suyas. Más que laberinto, laboratorio sociopolítico. A pesar de ello, los estadounidenses confiaron, y fueron engañados -la misma suerte sufrió la comunidad internacional- con promesas y medios de poca o ninguna posibilidad, permaneciendo estancados en la difícil e insostenible posición de conversar con un gobernante sin control real.

El caso venezolano genera multiplicidad de opiniones. Cada cual, a su manera, más del 85% invoca la urgencia del auxilio externo con la esperanza de remover al castro madurismo que tortura y oprime al ciudadano, aferrándose al poder contra el mundo libre y democrático.

Cuáles son los términos más usados en este conflicto.

Artículo 187 numeral 11 de la Constitución, corresponde a la Asamblea Nacional autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.

Doctrina Roldós, disciplina propuesta por Ecuador ante el Pacto Andino, plasmada en la Carta de Conducta Riobamba firmada el 11 de septiembre 1980, establece: “procurar un ordenamiento político subregional generado en democracia de extracción popular y definido carácter participativo, sin perjuicio de los principios de autodeterminación de los pueblos de no intervención y pluralismo ideológico”; “reiterar el compromiso solemne del respeto a los Derechos Humanos, políticos, económicos y sociales constituyen una norma fundamental de conducta interna de los Estados del Grupo Andino, y su defensa es una obligación internacional a la que están sujetos los Estados y, por tanto, la acción conjunta ejercida en protección de esos derechos no viola el principio de no intervención”.

Responsabilidad de Proteger “R2P”, adoptado por las Naciones Unidas en 2005 en apoyo a los pueblos víctimas de genocidios, depuración étnica, crímenes de guerra y/o lesa humanidad.

Intervención militar armada, intromisión de un Estado en territorio extranjero, sea por simple amenaza u ocupación. Supone el uso de la fuerza y puede ser permanente o temporal.

Coalición, alianza, unión, o acuerdo entre varias partes; partidos políticos, países o empresas, teniendo como objetivo realizar acción conjunta. Pero cuando la Coalición es Militar su significado cambia, es una operación conjunta bélica. A veces puede tratarse de una misión de paz, por ejemplo, ayudar a ingresar la ayuda humanitaria.

Invasión militar, entrada de fuerzas armadas de una entidad geopolítica en territorio controlado por otra semejante, con el objetivo de conquistar el territorio o cambiar el gobierno establecido.

Intervención o injerencia humanitaria, intromisión en un Estado soberano por uno o varios Estados u organizaciones internacionales, mediante la fuerza armada sin consentimiento, para proporcionar a la población civil protección ante violaciones masivas y sistemáticas de sus derechos humanos o situaciones de emergencia derivadas de guerra civil, hambrunas o genocidio, entre otras causas, sin anexar el Estado ni afectar a su integridad territorial.

Para los defensores de estas sabidurías, doctrinas y principios, los criterios de humanidad en determinadas circunstancias -narcotráfico, corrupción, lavado de dinero, terrorismo- prevalecen sobre la soberanía y la no intervención en asuntos internos. Quienes se oponen alegan que el Derecho internacional humanitario no puede invocarse para justificar una intervención, y denuncian, el fin último del término es legitimar el uso de la fuerza.

No es sacrilegio manifestar, que la ruta establecida se estanca y podría fracasar. Las sanciones petroleras, financieras y a individualidades, han tenido efecto, evitando ingresos que el absolutismo castrista usaba para financiar la pompa represiva, corrupta y mantenerse en el poder; aparataje pronto a desmoronarse. Sin embargo, el optimismo es muy difícil de sostener y los escenarios no deseados son cada vez más probables.

El rumbo que valiente lidera Washington pierde opciones. El plan socialista castrista con sus aliados internos y fuera de las fronteras parece -al menos de inicio- funcionar, de ser así, estaríamos avanzando en un laberinto sin salida y confuso. Venezuela ingresó en la definición de Estado Fallido, la incapacidad de brindar protección legal o económica a sus ciudadanos.

Los tiempos diplomáticos difieren de la desgracia. Reconocer gobiernos sobre los hechos, no de la ley, es práctica usual. La pregunta que responde a ese reconocimiento es “¿quién controla al país?”, no “¿quién debe controlar el país?”

La afirmación surgió previendo situaciones como la venezolana, donde incumbe la intermediación diplomática difícil y compleja, pero si se desconoce a quienes tienen el control territorial, se proyectan exhortaciones patéticas a quien no se reconoce, mientras la ciudadanía se hunde en el infierno del hambre y enfermedades. Situación inhumana y miserable.

Luce poco probable se forme una coalición y llevar adelante una iniciativa de asistencia, entonces el encargo recaerá sobre hombros de los Estados Unidos. ¿Qué tan probable resulta para la primera potencia mundial la decisión de actuar?; ¿Está dispuesto el Presidente Donald Trump a dar el paso?

La realidad, en Venezuela existe ya una invasión de actividades y grupos irregulares e ilegales, además de la sostenida hace años por cubanos con la guía del régimen castrista, con presencia de agentes en puestos claves de la administración pública, y órganos de inteligencia del Estado.

Sincerar el problema no puede ni debe apenarnos o avergonzarnos, no es cobardía sino un acto digno y valiente de pundonor, compromiso y responsabilidad. Los venezolanos ¡no podemos solos!, hay que aceptar la realidad nos guste o no. La ayuda depende de la Asamblea Nacional. El 187.11 es legal y constitucional, es una herramienta, no un llamado a la invasión o declaración de guerra. 

@ArmandoMartini

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