Cámara de Licoreros del Estado Táchira (CALITA), entregará este próximo lunes 10 de junio de 2019, un escrito de observaciones al Lic. José Alberto Suárez Criollo Gerente del SENIAT en el Estado Táchira, relacionado con la implementación de la “FACTURA ELECTRÓNICA”, utilizando las “Nuevas Máquinas” de Facturación Fiscal, según lo establecido en la Providencia SNAT/2018/0141, publicada en Gaceta Oficial No. 41.518, de fecha martes 06 de noviembre de 2018.
En CALITA estamos consciente de nuestra responsabilidad ciudadana como comerciantes licoreros, y hemos estudiado con el asesoramiento de expertos en Economía, Finanzas, Derecho Tributario, Metodólogos, Técnicos en Electrónica y en Procesos de Digitalización Comercial, a los fines de presentar ante la Alta Gerencia institucional del SENIAT a Nivel Nacional, las observaciones que a continuación explanamos:
Deben existir algunas CONDICIONES PREVIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA (FE), ya que la complejidad de los procesos asociados a la FACTURACIÓN ELECTRÓNICA hacen necesario un mínimo de condiciones que tanto la Administración Tributaria, en este caso el SENIAT, como la infraestructura tecnológica del país, deben cumplir antes de su puesta en marcha. Sin esas condiciones previas, es probable que el intento y aún la implementación parcial de un Sistema de Facturación Electrónica perjudiquen significativamente la capacidad de gestión, afecte su reputación, disminuya la sensación de riesgo en el contribuyente en relación con el cumplimiento y al final, no aporte ninguno de los beneficios al que aspirarían los contribuyentes. Estas condiciones previas son:
El registro de contribuyentes. Particularmente en lo relativo a las obligaciones de los contribuyentes, en relación tanto a los impuestos a los que está sujeto como a las obligaciones formales. Los problemas de identificación, duplicación de registros, gestión de sucesión y baja permanente, suspensión o anulación de inscripción, y otros elementos relacionados deben operar de manera razonable.
La recepción y procesamiento de declaraciones electrónicas, particularmente los relacionados con los impuestos al consumo.
La recepción frecuente y rutinaria de información de terceros por medios electrónicos.
La presencia de auditores eficaces y una cobranza coactiva efectiva impulsan el cumplimiento voluntario debido a la percepción de riesgo de ser efectivamente sancionados ante un incumplimiento.
Es evidente que se requiere de las capacidades de infraestructura, almacenamiento y comunicaciones necesarias para soportar la cantidad de documentos. Pero, adicionalmente, es deseable que tanto la funcionalidad de los sistemas de información como la inteligencia de negocio asociada al uso de estas “Máquinas Fiscales”, sean propiedad de la Administración, es decir, del SENIAT.
La realidad de países en ·vías de desarrollo” como es el caso de Venezuela, o con administraciones de tamaño relativamente menor, no tendrían la capacidad de enfrentar estos desarrollos con recursos propios, pero aun en este caso, se debe procurar que la Administración Tributaria defina y determine los objetivos y alcances de los desarrollos contratados o desarrollados por terceros.
Es fundamental y necesario evaluar la capacidad tecnológica disponible en el país, en particular la relacionada con las comunicaciones y la disponibilidad de Internet. Este es un aspecto crítico muy importante y vital, a tomar en consideración a la hora de la implementación definitiva de la Factura Electrónica (FE). Esta disponibilidad se torna aún más crítica si todas las transacciones, incluidas las del consumidor final, se ven sujetas a facturación electrónica pues el sistema, entonces, deberá estar disponible y operativo en zonas remotas y económicamente menos favorecidas que pueden tener bajos niveles de conectividad y debilidad en la infraestructura de telecomunicaciones.
Existen otros desafíos reales, contingentes e ineludibles que se deben tomar en cuenta a la hora de implementar la Facturación Electrónica a través de las “Nuevas Máquinas Fiscales” señaladas en la Providencia SNAT/2018/0141 del SENIAT. La experiencia indica que se debieran considerar, en particular, las siguientes cuatro grandes categorías: (a) facturas electrónicas apócrifas, (b) calidad de datos, (c) riesgo de inacción y (d) incremento de la demanda por nuevos servicios de la Administración Tributaria.
La Cámara de Licoreros del Estado Táchira (CALITA), se permite recomendar al SENIAT la imperiosa necesidad de realizar las EVALUACIONES DE IMPACTO de la FACTURA ELECTRÓNICA, donde se documente con evidencia científica, su impacto positivo en la recaudación. Este es un elemento muy importante que se suma a los expuestos en párrafos anteriores, donde no solamente se tienen ganancias de eficiencias en los procesos tributarios y externalidades positivas de su implementación, si no que efectivamente, la suma de todas estas bondades impacta positivamente la recaudación.
Finalmente, queremos decir que en los últimos 3 años, el sector comercio y de servicios se ha contraído en un 75% y esto indica que los niveles de rentabilidad son muy bajos o casi nulos. Los Comerciantes Licoreros estamos resistiendo para poder seguir con nuestras puertas abiertas. Y, no es posible que nuestros afiliados compren una máquina fiscal que estará conectada a Internet con el SENIAT en una declaración de impuestos en línea, cuyo costo oscila entre los 1.200 y los 2.000 dólares.
En realidad, no podemos adquirir este tipo de máquina fiscal porque no tenemos músculo financiero que lo permita. Esta Providencia Administrativa SNTA/2018/0141, nos afecta a todos los comerciantes del país, a los grandes, a los medianos y a los pequeños comerciantes pues se trata de una inversión fuerte, muy fuerte en estos momentos de crisis económica del País y debe hacerse por cada punto de venta que tengamos. Nosotros, los comerciantes licoreros siempre hemos pagado nuestros impuestos y lo seguiremos haciendo, pero bajo esta modalidad resulta muy difícil, si no materialmente, imposible cumplir con lo establecido por el SENIAT.
Johnson Delgado Presidente de La Cámara de Licoreros del Estado Táchira.
NP.