El expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014), procesado por supuesto espionaje político durante su mandato, pasó este miércoles a arresto domiciliario después de estar un año en una cárcel de Panamá.
Su defensa, que había solicitado cinco veces la liberación del mandatario, en esta ocasión argumentó que la ley en Panamá dicta que una persona no puede estar en prisión preventiva por mas de un año, lo que fue ratificado por la decisión del propio tribunal que lo juzga y que ordenó su “depósito domiciliario”, como técnicamente se denominada en este país la nueva medida cautelar.
Los siguientes son los principales datos para entender el paso de la cárcel al arresto domiciliario:
PANAMÁ ORDENA DETENCIÓN PREVENTIVA
El 8 de junio de 2014 la Corte Suprema de Justicia abre una causa penal a Martinelli tras admitir varias querellas presentadas en su contra por haber incurrido en supuestas escuchas ilegales.
Sin embargo, Martinelli no se presentó en la audiencia en la que debía declarar por el caso de las escuchas y el juez de Garantías le declara “en rebeldía”.
Y es que el expresidente salió de Panamá en enero de ese mismo año rumbo a Guatemala para acudir a una reunión del Parlamento Centroamericano (Parlacen), donde denuncia que es víctima de persecución política.
Ante su ausencia, el pleno de la Corte autoriza la detención provisional de Martinelli, por la que luego la Cancillería panameña pide a la Interpol expedir una alerta roja en contra de él.
MARTINELLI LLEGA A PANAMÁ PARA ENFRENTAR JUSTICIA
El 12 de junio de 2017 Martinelli es detenido en Miami en razón del pedido de extradición que había solicitado la Cancillería de Panamá a Estados Unidos por la causa de las escuchas.
Un año después llega a Panamá extraditado por Estados Unidos. El magistrado de Garantías, Jerónimo Mejia, mantiene la detención preventiva de Martinelli, por lo que es recluido en la cárcel de mínima seguridad El Renacer, la misma en la que estuvo preso el exdictador Manuel Antonio Noriega (1934-2017).
A su llegada la defensa solicitó a la Corte Suprema de Justicia la liberación de su defendido, luego que este permaneciera detenido un año en territorio norteamericano, pero no lograron argumentar la existencia de elementos para el cambio de la medida cautelar.
MARTINELLI ALCANZA LA JUSTICIA ORDINARIA
El 21 de junio de 2018 firma la carta de renuncia como diputado al Parlacen, como estrategia para invalidar al Supremo como juez natural en la causa y pasar a los tribunales ordinarios. Con ello el juicio que debía empezar el 11 de diciembre pasado se retrasa por el cambio.
Lo asume un tribunal ordinario del Sistema Penal Acusatorio (SPA) el 12 de marzo mediante audiencia por los delitos “contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, y contra la administración pública en diferentes formas de peculado”.
DEFENSA LOGRA EL ARRESTO DOMICILIARIO
Desde el comienzo, el juicio ha entrado varias veces en receso, principalmente por los problemas de salud del exgobernante, por lo que la batería de sus abogados han interpuesto recursos para un cambio de medida cautelar como el traslado a su domicilio.
Ante el término de un año de Martinelli en prisión, la defensa se amparó en el artículo 12 del Código Procesal Penal que establece que la prisión preventiva no puede durar más de un año.
“La detención provisional está sometida a un límite temporal razonable para evitar que se convierta en una pena anticipada”, señala el documento legal.
¿QUÉ SIGUE CON LA MEDIDA?
Según el analista y abogado panameño Ernesto Cedeño el cambio de la medida cautelar al expresidente se dio en cumplimiento de las garantías procesales del sistema judicial. Y la fiscalía no pudo probar dentro del proceso que Martinelli representaba un peligro de fuga o amenaza a la integridad física de alguien. Tampoco invocaron que sea un “caso complejo”, que permite extender la detención preventiva hasta tres años.
Al no ser probado, los jueces del caso aplicaron la norma garantista en beneficio de todos los ciudadanos panameños.
La decisión de deposito domiciliario será apelada este viernes y los jueces deberán considerar los argumentos de los apelantes que solicitan revocar la medida, la pueden confirmar o modificar.
EFE