Jaime Alberto Recinos, representante legal de la empresa Alba Petróleos de El Salvador, constituida con fondos públicos de alcaldías gobernadas por el Fmln y Pdvsa de Venezuela, llegó el pasado 31 de mayo a pedir al Registro de Comercio la matrícula de comercio 2019 de la sociedad.
La gestión la hizo el último día del gobierno del FMLN. Pero la respuesta la recibió hasta el 18 de junio, fecha en que ya estaba en funciones el nuevo gobierno y el nuevo presidente del Centro Nacional de Registros (CNR).
Ese día, el Registro de Comercio notificó al representante legal de Alba Petróleos que no podía renovar la matrícula de comercio porque la empresa ha violado una serie de leyes de la República.
De acuerdo a la información registrada en el CNR y un documento al que tuvo acceso El Mundo, Alba Petróleos ha incumplido la Ley de Lavado de Dinero y Activos, y Código de Comercio, al ocultar sus estados financieros; y la Ley de Impuestos Municipales del municipio de Santa Ana (ver nota aparte). La observación del CNR dice que Alba Petróleos no ha cumplido con los artículos 10 y 16 de la Ley de Lavado de Dinero y Activos. El artículo 10 de la Ley de Lavado manda a que las empresas, en este caso Alba Petróleos, tengan un Oficial de Cumplimiento de la Ley.
Obligaciones
De acuerdo con el artículo 2 de la legislación, el Oficial de Cumplimiento tiene el deber de reportar a la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la Fiscalía General de la República (FGR) las operaciones financieras sospechosas o que superen el umbral de la Ley.
Según el artículo 9 de la Ley, el Oficial de Cumplimiento debía informar a la Fiscalía si en las transacciones de Alba Petróleos se presentó una operación individual o múltiple, independientemente que se considere o no sospechosa, por un mismo cliente en un día o durante un mes arriba de los $10,000.00.
El literal E del artículo 10 expresa que las operaciones que pasen de los $10,000.00 pueden concluirse “razonablemente” que se puede estar utilizando o pretendiendo utilizar a la entidad financiera (Alba Petróleos) para “transferir, manejar, aprovechar o invertir dineros o recursos provenientes de actividades delictivas”. El Oficial está obligado a informar de la operación financiera el día siguiente de la misma o a más tardar los siguientes cinco días.
La Fiscalía allanó el pasado 31 de mayo la empresa Alba Petróleos y sus subsidiaras como parte de un proceso de investigación de posible lavado de dinero.
El artículo 10 que no ha cumplido Alba Petróleos también obliga a esta sociedad a archivar y conservar la documentación de esas operaciones por un plazo de cinco años.
El mismo documento habla del incumplimiento del artículo 16 de la Ley de Lavado, que cita la observación se refiere a que todas las instituciones del Estado deben dar a la Fiscalía a las operaciones de las empresas. Alba Petróleos es conformada por personas salvadoreñas vinculadas al FMLN, como los exalcaldes de Cuscatancingo y de Ciudad Delgado, y cuatro personas de nacionalidad venezolana.
Artículo 10 Ley de Lavado
Archivar las operaciones
Empresas están obligadas a archivar y conservar la documentación de operaciones por cinco años. Por ese mismo tiempo deben tener en archivo y conservar datos de identificación de las cuentas y correspondencia comercial de sus clientes.
Informar de operaciones sospechosas
El punto 4 del literal E del artículo 10 dice que las empresas deben reportar a la Fiscalía de cualquier operación financiera sospechosa, que se alejan de los patrones habituales, ya que se pueden considerar que son para invertir dinero en delitos.
Con información de El Mundo