La defensa de la empresaria venezolana y dueña de varios medios de comunicación, Patricia Azocar, denunció a través de un comunicado que el caso “está tomando un matiz histórico y digno de un estudio” debido a la forma en cómo se está utilizando la administración de justicia penal para hacerla culpable de un delito del cual no se tienen elementos probatorios.
Por: Luis Eduardo Martínez | lapatilla.com
Azocar fue detenida el pasado 18 de junio junto a su esposo, Henry Parada, luego de que el Ministerio Público emitiera una orden de captura por presuntamente estafar a un coronel retirado, quien figura en la directiva del diario Notitarde.
Tras su captura, la empresaria, quien también fue patrocinante del Miss Venezuela y Miss Earth Venezuela, fue llevada a un centro de reclusión del estado Carabobo.
Posteriormente, el Ministerio Público le imputaría los delitos de estafa y asociación para delinquir. De acuerdo a la acusación, Azocar habría presentado una propuesta de inversión a través de un mecanismo denominado “Mesa de Dinero” que generaría intereses, sin embargo, los mismos, ni su capital, fueron retribuidos en el tiempo acordado.
De acuerdo al comunicado, la defensa alega que lo que Fiscalía pretende no es otra cosa que hacer una especie de cayapa con las denuncias para hacer aparentar que estaríamos en presencia de una gran estafadora aunque no remite pruebas materiales del hecho punible.
Los abogados de Azocar consideran que lo que existe en el fondo es un conflicto por la existencia de una negociación, ya que la Fiscalía trata de establecer que después de una relación comercial exitosa de varios años entre Azocar y la presunta víctima, la empresaria se habría valido de la confianza para cometer la estafa.
Exhortan al Ministerio Público a ser responsables y cautelosos al momento de estampar a alguien como probable autor del delito, y reiteran la inocencia de Azocar, argumentando que se ha visto envuelta en un remolino sin tener absolutamente nada que ver, gracias a una actuación ilegal e inconstitucional de unos funcionarios policiales que en nada favorecieron a una real investigación objetiva y exhaustiva.
Finalmente, la defensa mantiene que tanto la empresaria como su esposo son conscientes de su realidad, y de que en cualquier momento todo se descubrirá y saldrá a la luz no solo procesal sino incluso públicamente.
A continuación el comunicado completo:
EL RETARDO Y LA CONTINUACIÓN DE UN FRAUDE PROCESAL EN EL CASO DE PATRICIA AZOCAR
El caso de Patricia Azocar está tomando un matiz histórico y digno de un estudio, cuando no de un libro, de lo que no debe ser una administración de justicia sana y exenta de indebidas influencias en los responsables de llevar a cabo tan noble e importante función. Ciertamente la negación anterior parece una indebida sintaxis a la hora de hablar o escribir, pero lo cierto es que la misma lleva implícita la afirmación de lo que en un Estado de Derecho no debería de ocurrir, y en el caso de que ocurriese, inmediatamente se deberían de activar los mecanismos que conlleven a la corrección del rumbo asumido, cuando no el establecimiento de las responsabilidades a que hubiera lugar.
Ya es más que claro que en el caso de Patricia Azocar y su esposo Henry Parada, seguido con ocasión de la denuncia del ciudadano RAMÓN CARRASCO, lo que está ocurriendo no es más que la indebida y hasta prohibida utilización del sistema de administración de justicia penal para hacer efectiva la existencia de una presunta deuda surgida con ocasión de una “relación mercantil” (así lo ha llamado el mismo denunciante y la Fiscal del Ministerio Público desde un principio), en la cual ya ha quedado más que claro que lo se pretende desde un principio no es más que poner de rodillas a la otra parte para así llevarla a que llegue a un acuerdo reparatorio.
Ahora en fecha reciente se está sumando una nueva imputación de un ciudadano de origen asiático de nombre GAIPI NGNG, también basada en una negociación de carácter mercantil, pero ahora incluso sustentada en un “contrato de cuentas en participación” y con unos alegatos carentes del más elemental sustento probatorio, como en el caso de la anterior denuncia.
Visto pues en su contexto lo que ha ocurrido con el diferimiento de la audiencia preliminar que estaba fijada para el pasado 29-08-19, pues en esa misma fecha, muy convenientemente, se había fijado la audiencia de imputación por el caso de la denuncia del ciudadano GAIPI NGNG, se entiende que lo que se pretende no es otra cosa que hacer una especie de cayapa con la suma de dos casos para hacer aparentar que estaríamos en presencia de una gran estafadora, pero con una gran diferencia, y es que aquí NO HAY CUERPO DEL DELITO porque el Ministerio Público no ha podido probar el acto de disposición realizado por las presuntas víctimas.
No se sabe hasta dónde pueden llegar estos denunciantes; si saben o están al tanto de los posibles hechos punibles que si estarían ellos cometiendo y de la responsabilidad que ello pudiera conllevar; no se sabe hasta donde los funcionarios encargados de la administración de justicia en el presente caso podrán seguir cohonestando, avalando y materializando tan abominable situación; sin embargo lo que sí se sabe es que todos tendrán algo por lo que responder una vez que todo vuelva a estar en su lugar, cuando la verdad y la justicia resplandezcan, pues cada uno tiene su propia responsabilidad y tendrá que porque responder.
Por lo pronto, Patricia y Henry están tranquilos, claros y conscientes de su realidad, y de que en cualquier momento todo se descubrirá y saldrá a la luz no solo procesal sino incluso pública. Se está claro en cuanto a lo que se pretende ahora, a lo que se quiere aplicar que no es otra cosa que RETARDO PROCESAL INDEBIDO, y contra eso corresponderá ahora luchar.