La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Nicolás Maduro confirmó la condena a 19 años y ocho meses de prisión para el ciudadano Carlos Eduardo Rengel Coronado, por la comisión del delito de femicidio agravado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 58, numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con el artículo 80 del Código Penal.
Así lo indica la sentencia N° 204-2019 con ponencia de la vicepresidenta de la referida Sala del TSJ, Elsa Janeth Gómez Moreno, en la que se desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa del mencionado ciudadano contra la decisión de la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, con sede en Cumaná, que declaró sin lugar la apelación contra el fallo condenatorio.
Los hechos ocurrieron el año 2015, cuando la víctima salió con su agresor durante el día hasta altas horas de la noche, tiempo en el que ambos consumieron licor y droga; posteriormente se dirigieron al callejón Caiguire ubicado en Cumaná, que comunica con la playa de la región, y en la orilla de la misma Carlos Rengel ataca a la mujer, la golpea en la cabeza y la deja abandonada en el lugar, siendo encontrada en horas de la mañana por una vecina del lugar y luego trasladada a un centro hospitalario.
Nota de prensa