El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) libra una guerra contra el espionaje cubano en España desde hace años. Normalmente, esta batalla de contrainteligencia para neutralizar a los agentes secretos del régimen castrista, aunque es conocida en todos los círculos de seguridad del Estado, es silenciosa y silenciada, ya que La Habana y Madrid mantienen relaciones diplomáticas plenas y reconocer sin ambages que Cuba espía en España es un asunto muy embarazoso.
Por: elcorreo.com
Pero el CNI ha tenido que dar ese paso y revelar públicamente la existencia en territorio nacional de un entramado de espías a sueldo del Gobierno de la isla caribeña. ‘La Casa’ se ha visto forzada a enseñar sus cartas con un buen motivo: era su única y última opción para evitar que un matrimonio de agentes castristas consiguieran la nacionalidad española.
Parte de los informes confidenciales de los servicios secretos españoles han acabado en sendas sentencias de la Sección Primera y de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional de los pasados octubre y noviembre. Esas resoluciones confirmaron la decisión del Gobierno (exactamente de la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia) de denegar en 2018 a un matrimonio cubano la nacionalidad, pese a tener residencia legal y continuada en España desde 2012 y carecer de antecedentes legales. Justicia, que sí aceptó nacionalizar a la hija menor de ambos, alegó en sus resoluciones denegatorias «motivos de interés nacional» y que los dos demandantes no habían acreditado «buena conducta cívica».
Cuando la Administración les denegó la ciudadanía, los ‘espías’ (sus nombres se recogen en las resoluciones judiciales a las que ha tenido acceso este periódico pero no se publican por motivos de confidencialidad) recurrieron ante la Audiencia Nacional alegando una doctrina del Supremo recurrente en los últimos años: si la Administración considera que ha de denegar la concesión de la nacionalidad española por razones del orden público o interés nacional basándose en un informe clasificado o reservado, debe dar a conocer al demandante, al menos someramente, los argumentos para negarle un derecho así y que de esta forma el perjudicado pueda recurrir la decisión sin indefensión.
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