Cidh otorgó medidas cautelares a favor del preso político Alonso Mora, recluido en Ramo Verde

Cidh otorgó medidas cautelares a favor del preso político Alonso Mora, recluido en Ramo Verde

El preso político Alonso Mora junto a su mascota. | Foto: Archivo

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 8 de abril de 2020 la Resolución 17/2020 mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Alonso José Mora Alfonso, quien está privado de libertad en el Centro Nacional para Procesados Militares (CENAPROMIL, también conocido como “Ramo Verde”).

La Comisión advirtió que el beneficiario se encontraba en una situación de riesgo, principalmente con motivo de su estado de salud, la falta de acceso a un tratamiento médico adecuado o suficiente y sus condiciones de detención. Además de haber reportado que las mismas lo colocarían en una posición aún más vulnerable, los solicitantes señalaron que el beneficiario fue presuntamente objeto de agresiones e intimidaciones en el marco de su privación de libertad.

Tras analizar la información disponible, la Comisión consideró que se encontraba suficientemente justificado el cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 25 de su Reglamento. Por lo tanto, solicitó a Venezuela que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud del señor Alonso José Mora Alfonso. En particular, asegurando que tenga acceso a un tratamiento médico, conforme lo señalado por los expertos correspondientes, debiendo las autoridades remitir a la brevedad un informe médico que corrobore la situación de salud actual del beneficiario, compartiendo asimismo dicha información con los familiares. Adicionalmente, el Estado deberá ejecutar las medidas necesarias para que sus condiciones de detención se adecúen a los estándares internacionales aplicables. Asimismo, que Venezuela implemente las acciones tendentes a investigar los hechos que motivaron el otorgamiento de esta medida cautelar y evitar así su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. /Nota de Prensa

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