El Tribunal Especial 4° del régimen de Nicolás Maduro, de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo con jurisdicción nacional decretó la medida de privación preventiva de libertad contra un grupo de personas por el caso de la denominada “Operación Gedeón”.
De acuerdo a lo comunicado por VTV, los privados de libertad responden a los nombres de: Douglas Contreras Arellano, Rafael Castro Sandoval, José Reyes, Junior De Jesús Silva, Jackson Taquiva Becerra, José Mendoza González, César Altamar Sarmiento, Jesús Colmenares Gallardo, Rawuy Rosales Farías, Jeremy González López, Leandro Chirinos Parra, Ángel Perdomo Hurtado, Alexander Chávez Mogollón, José Ruiz Delgado, Gustavo Álvarez Granadillo y José Blanco Volcán.
Asimismo, fueron privados de libertad: José Moreno Peñaloza, José Barreno Cordones, Oscar Aguilon Garcés, Rafael Rosendo Rivero, Samaira Del Valle Romero Armario, Miguel Plaza Méndez, Ricardo Fonseca Mosquera, Jonathan Franco Quiñones, Evan Rincón Piñeiro, Jairo Bethermytt Carrillo, Carla Da Silva Marrero, Karen Hernández Rodríguez y Alejandro Torres Rodríguez.
A todos los mencionados ciudadanos y ciudadanas les fue dictada medida de privación preventiva de libertad por la presunta comisión de los delitos de traición a la patria, rebelión y conspiración con gobierno extranjero, previstos y sancionados, respectivamente, en los artículos 128, 143 y 132 del Código Penal; además, tráfico ilícito de armas de guerra y asociación, tipificados y sancionados, en su orden, en los artículos 38 y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
La sentencia también es para el ciudadano Alejandro Torres Rodríguez, por la presunta comisión del delito de financiamiento al terrorismo, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo en perjuicio del Estado venezolano. Contra todas y todos los ciudadanos se decretaron medidas precautelativas de conformidad con el artículo 518 en relación con el 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 56 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Entre tanto, en otra audiencia realizada por el Tribunal Especial 4° de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo con jurisdicción nacional, se decretó medida de privación preventiva de libertad contra: Leonardo Carrillo Primera, Ana Méndez Primera, Mari Marcano Vázquez, Oscar Pérez Romero, Tony Bravo Primera, Franciher Ramos Castillo y Leonardo Chirinos Parra, por la presunta comisión de los mismos delitos mencionados anteriormente. Igualmente, se decretaron medidas precautelativas de conformidad con el artículo 518 en relación con el 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 56 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Por otra parte, el Tribunal 1° Nacional en materia de terrorismo y delitos conexos privó de libertad al Capitán Antonio Sequea Torres por la presunta comisión de los delitos de: homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del Presidente de la República, previsto y sancionado en los artículos 405, 406 numeral 3, literal B en relación con el artículo 80 del Código Penal; traición a la patria, previsto y sancionado en el artículo 128 del mencionado código; tráfico ilícito de armas de guerra, terrorismo y asociación para delinquir, tipificado y sancionado en los artículos 38, 52 y 37 de la Ley Orgánica y Financiamiento al Terrorismo.
Mientras que el Tribunal 3° Nacional en materia de Terrorismo y Delitos Conexos privó de libertad al Capitán Antonio Sequea Torres, Capitán Víctor Pimienta Salazar, Gilbert Barillas Fernández y Josnars Baduel Oyoque, por la presunta comisión de los delitos de: terrorismo y asociación para delinquir, previsto y sancionado en los artículos 52 y 37 de la Ley Orgánica y Financiamiento al Terrorismo, y traición a la patria tipificado y sancionado en el artículo 128 del Código Penal. /CP