ONU reveló el aterrador “manual” de Néstor Reverol para reprimir durante las protestas en Venezuela

ONU reveló el aterrador “manual” de Néstor Reverol para reprimir durante las protestas en Venezuela

EFE/Miguel Gutiérrez

 

El 1 de abril de 2015, el General Néstor Reverol Torres, en ese momento Comandante General de la Guardia Nacional, emitió una orden general por la que se publicó un manual con normas y procedimientos operativos para la policía administrativa especial y los investigadores penales en materia de orden público.

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El manual describe las acciones de la GNB en respuesta a situaciones que amenazan el orden público. Según el manual, los enemigos internos (del Estado)son aquellos individuos que pueden ser nacionales o extranjeros que se encuentran en el territorio nacional y que mantienen posiciones opuestas a las políticas del gobierno nacional“.

El Manual se refiere a los grupos que amenazan el orden público como “guarimberos”.

En el manual se reconoce que los guarimberos pueden no tener la intención de causar daños y pueden estar protestando por la falta de servicios o de derechos civiles y políticos, pero también se les acusa de generar violencia, lo que requiere una intervención militar.

Define a los guarimberos como “quienes realizan acciones extremas de calle, poniendo en riesgo la vida de las personas o su integridad física, causando muertes y lesiones traumáticas, así como daños a sus bienes y servicios, implementando medios lesivos de impacto contundente, metales, material combustible, material inflamable, fuego y otros artefactos”

En el documento se esbozan las medidas operacionales que la GNB debería adoptar en diversas situaciones de protesta, entre ellas cuando manifestantes cortan carreteras, realizan marchas y protestas no autorizadas y ocupan instalaciones públicas o privadas.

También se enumeran las medidas que deben adoptarse en el caso de que la “situación continua de alteraciones al Orden Público (Guarimba)”. En el caso de las guarimbas, se deben adoptar, entre otras, las siguientes medidas:

– Se solicitará al comandante de la REDI que autorice el envío de las unidades correspondientes.

– Una vez en la zona, la GNB evaluará la situación y llevará a cabo un trabajo de inteligencia para reunir información relacionada con la razón o el motivo de la Guarimba.

– La GNB identificará a los supuestos líderes involucrados, el número aproximado de manifestantes, los daños a la propiedad, las personas heridas y los objetos utilizados para bloquear las carreteras, entre otros.

– Los equipos de orden público se utilizarán de manera progresiva y racional.

– Identificación y detención de líderes y otros participantes.

Según el nivel de violencia registrado en las protestas, la cadena de mando varía:.

1. En la Protestas pacíficas debidamente autorizadas, la responsabilidad y ordenes de represión recaen sobre: El Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y el CEOFANB.

2. Protestas pacíficas no autorizadas, la responsabilidad y ordenes de represión recaen sobre: El Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y el CEOFANB, a través de la GNB.

3. Protestas violentas (Guarimbas), la responsabilidad y ordenes de represión recaen sobre: El Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y el CEOFANB, a través de la GNB.

4. Protestas muy violentas con armas de fuego y pérdida de vidas, , la responsabilidad y ordenes de represión recae sobre:

– El Presidente, como Comandante en Jefe, ordena la intervención de la FANB a través de las unidades especializadas para las operaciones de restauración del orden público […] bajo la dirección de la GNB y la supervisión del CEOFANB.

– El Ministerio de Defensa, a través del CEOFANB, asume la responsabilidad de coordinar y gestionar las operaciones para restaurar el orden interno a través de la GNB.

– El Ministerio del Interior prestará apoyo a las fuerzas policiales, que estarán bajo el control operativo del CEOFANB.

En estas operaciones de restablecimiento del orden público, los oficiales de la FANB no podrán utilizar armas de fuego letales […].

Sin embargo, cuando se requiera el uso de armas de fuego, se hará a través de las unidades de orden público creadas única y exclusivamente para ese fin […], permaneciendo a una distancia prudente, atentos a las órdenes de los superiores, y sólo se utilizarán en caso de peligro inminente de muerte, circunstancias extremas y excepcionales, como la defensa de personas o de terceros mediante agresiones ilegítimas.

Las medidas se limitarán a los principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad para el uso de armas de fuego, según lo establecido por la ley.

El [uso de la fuerza] estará técnicamente dirigido a neutralizar individualmente al atacante o a los atacantes armados que se infiltren en la manifestación pública. Los disparos de advertencia con armas de fuego están estrictamente prohibidos.

En el plano logístico, el manual describe en detalle el equipo de que dispone la GNB para mantener el orden público durante las manifestaciones, incluyendo el equipo de protección, el equipo de comunicaciones y las tácticas de intervención, según el nivel correspondiente. Con respecto a los vehículos, el manual dice que la GNB tendrá acceso a tanques Tiuna, camiones de transporte pesado, vehículos blindados, vehiculos “barrera”, vehículos multifuncionales de disuasión WCT-1 (camiones hidrantes o “ballenas”), vehículos todoterreno Toyota y motocicletas.

 

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