La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Nicolás Maduro declaró procedente solicitar a Estados Unidos la extradición de Cliver Alcalá Cordones, para ser juzgado en Venezuela por la presunta “comisión del delito de homicidio intencional calificado en grado de frustración” en contra de Nicolás Maduro.
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De acuerdo con una nota de prensa del TSJ ilegítimo, Alcalá Cordones es requerido para ser juzgado por la presunta “comisión de los delitos de traición a la patria, tráfico ilícito de armas de guerra, terrorismo y asociación”.
A continuación la nota de prensa íntegra:
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente solicitar a los Estados Unidos de América la extradición del ciudadano Cliver Alcalá Cordones, para ser juzgado en territorio venezolano, por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado en grado de frustración, en la persona del Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, tipificado y sancionado en el artículo 405 concatenado con el artículo 406 numeral 3 literal “a” del Código Penal en relación con el artículo 80 de la misma normativa legal.
Asimismo, para ser juzgado por la presunta comisión de los delitos de traición a la patria, previsto y sancionado en el artículo 128 del Código Penal; tráfico ilícito de armas de guerra, terrorismo y asociación, tipificados y sancionados en los artículos 38, 52 y 37 todos de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Indica la sentencia N° 112-2020 de la Sala de Casación Penal, con ponencia de la magistrada Francia Coello González, que el ciudadano solicitado será juzgado con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales, consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Señala también la decisión del Alto Juzgado del país que en caso de dictarse una sentencia condenatoria contra el ciudadano requerido, se tomará en consideración el tiempo de su detención en los Estados Unidos de América, de cara al cumplimiento de la pena que se le imponga.
Constató la Sala del TSJ que en el presente caso, además de los requisitos de procedencia, también se cumplen a cabalidad los principios generales que rigen la materia de extradición en Venezuela.