Procuraduría Especial desmintió acusaciones sobre abandono de juicios en defensa de activos venezolanos

Procuraduría Especial desmintió acusaciones sobre abandono de juicios en defensa de activos venezolanos

 

 





1) El Gobierno interino, por órgano de la Procuraduría Especial de la República, ha venido defendiendo desde marzo de 2019 y hasta el presente, los derechos e intereses del Estado Venezolano en el extranjero, participando en múltiples procesos judiciales y arbitrales, la mayoría de ellos, con motivo de obligaciones o pretensiones indemnizatorias derivadas de actuaciones ilícitas o irresponsables de los regímenes de Chávez y Maduro. Dentro de estos procesos, resalta la defensa de la empresa Citgo, que constituye el principal activo de la industria petrolera venezolana en el extranjero, que ha sido atacada por acreedores como Crystallex, Conoco Phillips y OIEG, empresas que cuentan con laudos arbitrales a su favor, dictados antes de la instauración del Gobierno interino. En tal sentido y frente a errada información divulgada en las redes sociales, sobre un supuesto acuerdo con la empresa Conoco Phillips, esta oficina negó la existencia de ese acuerdo y presentó sus aclaratorias en fecha 22 de septiembre de 2021, que están a disposición pública en:

Comunicado de la Procuraduría Especial de la República a propósito de informaciones sobre supuestos acuerdos con la empresa ConocoPhillips

2) No obstante las aclaratorias difundidas, algunas personas han continuado difundiendo informaciones sobre los juicios y arbitrajes seguidos por esta oficina en defensa de los derechos y activos venezolanos en el extranjero, insistiendo en que el Gobierno interino celebró un supuesto acuerdo con Conoco, y que ha sido negligente en el seguimiento de los procesos judiciales. Ambas afirmaciones son falsas y demuestran absoluto desconocimiento de la complejidad de los procesos seguidos en el extranjero.

3) Lo cierto es que, como se puede constatar en el proceso judicial respectivo (Crystallex International Corp. v. Bolivarian Republic of Venezuela, D. Del. C.A. No. 1:17-mc-00151-LPS, Corte de Distrito de Delaware), en fecha 1° de octubre de 2021, el auxiliar de justicia (Special Master) que había señalado un supuesto acuerdo entre la República y Conoco, aclaró que se trataba de un error y solicitó a la Corte la corrección respectiva. Como se indicó en nuestro comunicado de fecha 22 de septiembre, aunque se ha decretado el embargo de las acciones de la empresa PDVHolding (accionista de CITGO), aun no se ha ordenado definitivamente la venta de dichas acciones, está pendiente una apelación que podría dar lugar al levantamiento de dicho embargo y no se ha celebrado ese supuesto acuerdo de pago con ninguna de las demandantes.

4) Con relación a la eventual ejecución de un Laudo por 8.5 Mil Millones de dólares, obtenido por la misma empresa Conoco, se debe aclarar que dicho Laudo fue dictado antes de la instauración del Gobierno interino, siendo que, gracias a la actuación de la Procuraduría Especial, en el mes de agosto de 2019 se logró la rectificación del Laudo, obteniendo una disminución de más de 200 Millones de dólares. Y una vez que el laudo se tuvo como firme o definitivo, a finales del año 2019, se procedió a solicitar su anulación ante el órgano competente, que es el comité ad hoc de apelación del CIADI, con lo cual, además, se obtuvo la suspensión de la ejecución del referido Laudo. Por tal motivo y no existiendo, entonces, otras defensas judiciales que oponer ante el Tribunal que conoce sobre el registro del Laudo en los Estados Unidos, no fue necesario presentar defensas o excepciones infundadas, que además habrían implicado nuevos gastos por conceptos de honorarios. Cabe aclarar que la solicitud de rectificación de Laudo no implicó su reconocimiento, como se ha dicho, sino una defensa, que además permitió avanzar procesalmente, a la fase de anulación. Por ello, los esfuerzos de la República, a través de la Procuraduría Especial, se han enfocado en la anulación del Laudo, lo que se ha ejecutado cabalmente y con grandes expectativas, ya que la impugnada decisión fue dictada en clara violación del derecho a la defensa de la República. En este proceso de anulación ante el CIADI (ConocoPhillips Petrozuata B.V., ConocoPhillips Hamaca B.V. and ConocoPhillips Gulf of Paria B.V. [Claimants] v. Bolivarian Republic of Venezuela [Applicant]. ICSID Case No. ARB/07/30), ya se han presentado todos los argumentos escritos, y en fecha 25 de octubre de 2021, comenzarán las audiencias orales respectivas.

5) Recientemente, lo que ha ocurrido y ha sido mal entendido es que la empresa Conoco cumplió con las garantías y requisitos impuestos por el Comité de Apelaciones para levantar la suspensión de ejecución acordada desde finales de 2019; y por ello, dicho Comité, en fecha 29 de septiembre de 2021, procedió a levantarla, por lo que, la demandante intentará ejecutar el Laudo (aunque este puede ser anulado) en los Estados Unidos u otros países, como lo ha intentado ante la corte que conoce sobre el reconocimiento de dicho Laudo (ConocoPhillips Petrozuata B.V., ConocoPhillips Hamaca B.V. and ConocoPhillips Gulf of Paria B.V v. Bolivarian Republic of Venezuela Corte de Distrito del Distrito de Columbia. 1:19-cv-00683-CJN), donde la República no ha actuado aún, siendo ahora, el momento para revisar y decidir si existen otras defensas o excepciones que oponer (dependiendo del pedido específico recién presentado por la accionante). Circunstancia que fue advertida por esta oficina en locución presentada por el Procurador Especial a la Asamblea Nacional, hecha pública en fecha 28 de septiembre de 2021, y a la que puede accederse a través del enlace: https://t.co/a9cy2h9JRH.

En Bogotá, a los cuatro (4) días del mes de octubre de 2021.