Plus Ultra ofreció sin éxito al juzgado que investiga su rescate de 53 millones de euros participar en el peritaje ordenado por la magistrada Esperanza Collazos. La aerolínea propuso el pasado mes de julio que en este trabajo independiente participase el experto contable que hizo un informe de parte aportado a la causa. Sin embargo, el juzgado rechazó esa pretensión en agosto y lo ha vuelto a hacer ahora, en noviembre, recordándole que esta prueba se practica por “peritos imparciales”.
Por GEMA HUESCA / vozpopuli.com
La decisión del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid de acordar una pericial para esclarecer si Plus Ultra cumplía con los requisitos para recibir la ayuda ha provocado gran controversia dentro del procedimiento. La Abogacía General del Estado y la defensa de la aerolínea se negaron a que un perito independiente evaluase su situación financiera alegando que la causa ya contaba con todos los informes financieros y de asesoría de Deloitte y DC Advisory en los que se apoyó la SEPI para aprobar el desembolso de los 53 millones de euros.
No obstante, la compañía también intentó participar en la diligencia encargada en julio por la magistrada Collazos, de acuerdo con la documental que obra en el sumario y a la que ha tenido acceso Vozpópuli. Dos semanas después de que la juez ordenara el peritaje independiente, Plus Ultra remitió un escrito en el que comunicaba que el auditor de cuentas que redactó el informe a petición de la compañía se ponía a “plena y total” disposición del juzgado para explicar las conclusiones plasmadas en este informe aportado a la causa.
El magistrado Jaime Serret (en sustitución de la titular del juzgado) respondió en una providencia del 10 de agosto que no iba a tramitar la solicitud de que el experto contable Julio César Calvo Malvar participase en el informe de los peritos del juzgado puesto que no se les había recusado en legal forma, tal y como establece el artículo 468 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El mismo determina las causas que son de recusación de los peritos. Entre ellas se encuentran parentesco con el querellante, que exista un interés directo en la causa y amistad o enemistad manifiesta con los implicados en el procedimiento.
“Este juzgado, considerando que el informe aportado (por Plus Ultra) es de parte, acordó la práctica de la prueba pericial, por peritos imparciales”.
Plus Ultra interpuso recurso de reforma subsidiario de apelación al que ha dado respuesta, también negativa, la magistrada Collazos este pasado 11 de noviembre. “La regulación relativa a la realización e incorporación a la causa de un informe pericial ha sido rigurosamente cumplida. Ya la parte incorporó un informe pericial extenso, desarrollando las causas por las que Plus Ultra, a su entender, nunca incurrió en ningún tipo penal (…). Este juzgado considerando que este informe aportado no deja sino de ser un informe de parte, acordó la práctica de una prueba pericial, por peritos imparciales, cuyo informe ha sido debidamente incorporado a autos”, recoge el auto.
Cuatro escenarios posibles
De este modo la instructora cerró la puerta a cualquier implicación de las partes en el peritaje independiente encargado al despacho Martín Molina. El trabajo del bufete, incorporado recientemente al procedimiento, contemplaba cuatro escenarios posibles que se darían a cierre del ejercicio de 2019 y de 2020. Tres de ellos determinaban que Plus Ultra no podría ser considerada empresa en crisis en 2019 mientras que uno sí. En lo que respecta a cierre de 2020, la previsión empeoraba al plantear dos escenarios de empresa en crisis, frente a dos que no.
Los motivos de estas conclusiones residen en el modo en que se contabilizó un préstamo participativo de 6,3 millones de euros que Plus Ultra recibió del banco panameño Panacorp y que gestionó en Dominica, país del Caribe considerado paraíso fiscal. El perito del juzgado explicó en su trabajo que esta línea de crédito que recibió la compañía en 2017 fue clave para poder acceder tres años después al rescate de la SEPI ya que le permitió evitar la quiebra y, consecuentemente, presentar un balance saneado (requisito del holding público para que las empresas pudieran acceder a estas ayudas).
El perito del juzgado cuestionó la naturaleza de estos fondos al constatar que, del monto total, dos millones de euros tenía que quedar indisponibles. “Cuando la entidad Plus Ultra solicita de Panacorp un préstamo por importe de 6.304.314,71 euros, se entiende que las necesidades de liquidez alcanzan a la totalidad de ese importe. No proceder de esa forma demuestra que, en realidad, lo que se busca con ese depósito indisponible es: de un lado, conceder una preferencia de cobro a un acreedor y, de otro, seguir aparentando una situación irreal de solvencia“, recogió el perito.
Las dudas del perito
Del mismo modo también mostró sus dudas sobre el plan de viabilidad comprometido por Plus Ultra (del que dijo que era muy optimista) así como del resultado de las cuentas de 2019. Sobre este punto avisó de una posible incorrección en las cuentas de 6,3 millones por el modo en que la compañía contabilizó la venta de un avión que tenía la compañía en propiedad. Al respecto puso en duda que el arrendamiento tuviera carácter operativo (como sostiene la mercantil) teniendo en cuenta que esta operación se impulsó para cancelar una deuda con “bonistas” valorada en 8,9 millones de euros.
Frente a esta tesis, la Abogacía General del Estado, la Fiscalía y la aerolínea insisten en que todo está en regla y que así quedó acreditado en los informes jurídicos y financieros encargados por la SEPI. Al respecto, la aerolínea también emitió su propio trabajo del auditor de cuentas que avaló la solvencia de la firma y defendió que cumplía los requisitos para ser merecedora del rescate. Con todo, la inclusión en la causa del peritaje independiente ha sido rechazada por los servicios jurídicos del Gobierno que, en un escrito remitido al juzgado, avisaron que incluso se podrían invalidar sus conclusiones por haberse extralimitado en su estudio.
Al respecto, la Abogacía -que defiende al consejo gestor de la SEPI- alegó que no había visos de que los querellados hubieran cometido delitos de prevaricación o malversación de caudales públicos con la ayuda aprobada el pasado mes de marzo en Consejo de Ministros. Fiscalía, por su parte, se acogió a los dos supuestos del perito favorables a Plus Ultra para solicitar una vez más el archivo de las diligencias. Sin embargo, la magistrada ha anunciado que no va a decidir por el momento archivar la causa y ha acordado un careo para el próximo 18 de enero entre los peritos de la SEPI y los del juzgado.