Cidh preocupada por reforma a Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela

Cidh preocupada por reforma a Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela

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Vista del edificio del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en Caracas. EFE/Raúl Martínez

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa preocupación por la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, e insta al Estado a adoptar medidas urgentes y adecuadas para reconstruir la independencia del Poder Judicial venezolano.

El 18 de enero de 2022, la Asamblea Nacional aprobó la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). La reforma redujo de 32 a 20 el número de personas magistradas integrantes del TSJ, sin prohibir la reelección de magistradas y magistrados cuyos períodos están próximos a finalizar. Adicionalmente, cambió la composición del comité de postulaciones de personas que aspiran a ser magistradas del TSJ, estableciendo que su mayoría estará integrada por personas diputadas en lugar de otros sectores de la sociedad.

Al respecto, la CIDH reitera que la reelección representa un factor de fragilidad para la independencia judicial, dado que una persona operadora de justicia que pretenda ser reelegida corre el riesgo de comportarse de tal modo que obtenga el apoyo de la autoridad encargada de tal decisión, o de que su comportamiento se perciba de este modo por los justiciables. De otra parte, a criterio de la CIDH, aumentar el número de personas diputadas en el comité de postulaciones tiende a profundizar la crisis institucional debido a que las elecciones parlamentarias de 2020 no gozaron de condiciones mínimas para ser consideradas libres o justas.

En relación con este último punto, la CIDH resalta que los mecanismos dirigidos a promover publicidad, participación y transparencia en la elección de personas magistradas contribuyen a tener mayor certeza sobre la integridad e idoneidad de las y los operadores designados, así como a brindar confianza a la ciudadanía sobre la objetividad del proceso de elección.

La CIDH coincide con la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, impulsada por Naciones Unidas, cuando señala que “el sistema de justicia ha jugado un papel significativo en represión Estatal de opositores al gobierno en lugar de proporcionar protección a las víctimas de violaciones de derechos humanos y delitos”. En este sentido, insta que se adopten reformas verdaderamente comprometidas con la consolidación de la independencia del Tribunal Supremo de Justicia respecto del Poder Ejecutivo y la reconstrucción de un sistema de pesos y contrapesos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Con información de la OEA

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