Los históricamente exitosos resultados obtenidos por CITGO durante el 1er Semestre de 2022 son el producto de dos fuerzas alineadas.
La primera es la fuerza que le imprime el profesionalismo de líderes íntegros, responsables, comprometidos a toda prueba como lo evidencian sus destacadas actuaciones en el lapso 2019-2022, encontraste al descuido y comportamiento negligente de otros en el lapso 2002-2018.
El apego a valores y principios del equipo que hoy representa a CITGO ha permitido rectificar importantes desviaciones que comprometían su transparencia, seguridad operacional, cumplimiento de obligaciones ambientales e industriales, hasta recuperar la gobernanza corporativa y crear un ambiente de colaboración y confianza alineado a la misión de PDVSA ad hoc desde su creación hasta el presente.
La segunda fuerza es la dinámica del mercado. La oportuna lectura de sus extraordinarias condiciones permitió que CITGO lograse resultados financieros muy por encima de los que eran esperados luego de su recuperación.
La observancia de ambas fuerzas; gente capaz y condiciones de mercado pudieran pronosticar interesantes expectativas futuras. No obstante, existen enormes riesgos a los que también CITGO está sometida como, por ejemplo, múltiples litigios por endeudamientos anteriores contraídos por PDVSA en Venezuela, así como otros provenientes de irregulares expropiaciones y despropósitos durante las gestiones de Chávez y Maduro que no guardan ninguna relación con la gestión actual de CITGO.
Estos factores mientras condicionan la capacidad de CITGO de ofrecer dividendos al accionista, obligan a satisfacer los siguientes compromisos ineludibles:
– La empresa debe honrar los convenios de financiamiento firmados por la administración anterior sobre el endeudamiento de CITGO Holding que limitan la posibilidad de declarar y pagar dividendos al accionista, ya que en la medida que CITGO genera ganancias, CITGO Holding está en la obligación de ofrecer a los financistas el repago de deuda.
– Existe, además, una medida de embargo decretado por un tribunal en el Estado de Delaware sobre acciones de PDVH (PDVSA Holding) con relación al caso Crystallex (Fondo Tenor Capital) que limita la posibilidad de que se puedan pagar dividendos a PDVSA. Cualquier operación que implique el pago de dividendos sería declarada ilegal y acarrearía, muy posiblemente, consecuencias legales tanto para la compañía, como para los miembros de su Junta Directiva y el personal ejecutivo.
– Aun cuando, las dos limitaciones señaladas anteriormente, pudiesen solventarse por algún mecanismo, no definido hasta la fecha, para declarar dividendos, se debe obtener, previamente, una licencia OFAC. En este momento, no hay licencia otorgada ni a PDVSA, ni a PDVH que permita pagar un supuesto y posible dividendo.
– Adicionalmente, el Estatuto de la Transición prohíbe expresamente a PDVSA recibir pagos por concepto de dividendos provenientes de la Cadena Corporativa.
– Finalmente, vale precisar que, aun cuando los equipos legales de CITGO, su Cadena Corporativa y PDVSA ad hoc, contando con la opinión de la Procuraduría Especial, continúan haciendo un excelente trabajo para proteger los activos, en aquellos procesos judiciales donde los principales responsables son administraciones anteriores de PDVSA y la República, que afectan directamente a CITGO, existe incertidumbre acerca del resultado final en dichos procesos. El acceso a recursos financieros puede ser necesario en el caso remoto en el que dichas decisiones no sean favorables.
Los retos anteriores se han manejado por parte de PDVSA ad hoc cumpliendo con todos los preceptos de ley y obligaciones fiduciarias que correspondan, enfocados en la consolidación corporativa de CITGO.
Los resultados operacionales y financieros de CITGO demuestran un trabajo correcto y transparente. Nos estamos preparando para la superación de todos los retos antes mencionados y poder hacer realidad, en el menor plazo posible, la justa retribución al accionista de los esperados beneficios.
Horacio Medina.
Presidente
Junta Administradora PDVSA ad hoc